Guía para la investigación de los delitos informáticos [RM 0066-2026-IN]

[Resolución Ministerial] Mediante RM. N° 0066-2026-IN de fecha 21ENE2026, «Aprueban la Guía para la investigación de los delitos informáticos». ⇒DESCARGUE AQUÍ⇐


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Guía para la investigación de los delitos informáticos

Resolución Ministerial N° 0066-2026-IN 

Lima, 21ENE2026

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VISTO; el Informe N° 000690-2025-IN-VOI-DGCO-DCO de la Dirección Contra Delitos de Crimen Organizado de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior; el Informe N“ 000137-2025-DIRASJUR-DIVDJPN/PNP de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú; el Informe N° 0000152026-IN-OGPP-OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000063-2026-INOGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0001902026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y,

CONSIDERANDO;

Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado;

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú, establece que son deberes primordiales del Estado; defender la soberanía nacional, garantizar la plena defensa de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, en el articulo 166 de la Carta Magna, prescribe que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Prestar protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; ,

Que, la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, garantiza el derecho fundamental a la protección de los datos ») personales, previstos en el artículo 2 numeral 6 de la Constitución Política del Perú, a / través de su adecuado tratamiento, en un marco de respeto de los demás derechos fundamentales que en ella se reconocen;

Que, la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos, tiene por objeto prevenir y sancionar las conductas ilícitas de delitos cometidos utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones, que vulneran no solo los sistemas y datos informáticos, sino también otros bienes jurídicos penalmente relevantes con la finalidad de garantizar la lucha eficaz contra la ciberdelincuencia;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, se establece la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú, así como sus regímenes especiales. Depende del Ministerio del Interior; con competencia administrativa y operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en concordancia con el artículo 166 de la Constitución Política del Perú;

Que, el articulo 224 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2025-IN, determina que la Dirección de Investigación de Cibercrimen es la unidad orgánica especializada, de carácter sistémico, técnico-normativo y operativo; responsable de proponer, formular, aprobar, planificar, coordinar, comandar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades y operaciones policiales de prevención, investigación, combate y denuncia de los Delitos Contra el Patrimonio (delitos informáticos). Delitos Contra La Libertad (violación del secreto de las comunicaciones, violación de la intimidad- uso indebido de archivos computarizados-) previstos en el Código Penal y leyes penales especiales; las conductas previstas como ciberdelitos en los convenios internacionales en materia de cibercrimen suscritos por el Perú, los delitos cometidos por medio de las tecnologías de la información y comunicación, y las tecnologías emergentes; así como realizar acciones de localización y geolocalizacíón de terminales móviles;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes referidas, se evidencia la necesidad de contar con un documento orientador, siendo este, una guía, que coadyuve al personal policial para el desarrollo de las investigaciones especializadas en materia de delitos informáticos;

Que, la Guía para la investigación de los Delitos Informáticos, tiene como objetivo principal establecer lineamientos que orienten el accionar de la Policía Nacional del Perú en la prevención, detección, investigación y persecución de los delitos informáticos, en concordancia con el marco legal vigente y los estándares internacionales en la materia;

Que, conforme a lo señalado en los documentos de vistos, resulta necesario aprobar la Guía para la investigación de los Delitos Informáticos, que brindará al personal policial una herramienta completa con procedimientos técnicos que servirán de apoyo, al personal policial en las investigaciones relacionadas con la Ley N’ 30096, Ley de Delitos Informáticos y sus modificatorias, así como con la legislación penal y los convenios internacionales que el Perú ha suscrito;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Dirección General Contra el Crimen Organizado, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N» 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerito del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-ÍN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Guía para la investigación de los Delitos Informáticos que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y de la Policía Nacional del Perú (www.policia.gob.pe).

Regístrese y comuníquese.

 

MINISTERIO DEL INTERIOR

 GUÍA PARA LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS

Resolución N° 0066-2026-IN

INDICE

OBJETIVO

FINALIDAD

ALCANCE

BASE LEGAL

PRESENTACIÓN

CAPITULO I

LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS

1.1. Procedimiento de Investigación de los Delitos Informáticos

1.2. Diligencias para investigación de los delitos informáticos

1.2.1. Delito contra el Patrimonio – Fraude Informático (Transferencias ilicitas de dinero vía internet)

1.2.2. Delito Informático contra la Fe Pública – Suplantación de identidad

1.2.3. Delito contra la integridad de datos y sistemas informáticos

1.2.4. Delito contra la Indemnidad Sexual de Menores

1.2.5.Delito de préstamo informático extorsivo

CAPÍTULO II

TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN DE PERFILES DE USUARIOS DE REDES SOCIALES

2.1. Procedimiento de identificación e individualización de perfiles de usuarios de redes sociales

2.1.1. Identificando e individualizando un perfil de Facebook

2.1.2. Identificando e individualizando un perfil de Instagram

2.1.3. Identificando e individualizando un perfil de WhatsApp

2.1.4. Identificando e individualizando un perfil de Tik Tok

2.2. Procedimiento para preservación de información en redes sociales

2.2.1. Preservación para perfiles de Facebook e Instagram

2.2.2. Preservación para perfiles de WhatsApp

2.2.3. Preservación para perfiles de TikTok

2.3. Procedimiento de solicitud de registros de información en redes sociales

2.3.1. Procedimientos para Facebook e Instagram

2.3.2. Procedimientos para WhatsApp

2.3.3. Procedimientos para TikTok

2.4. Solicitud de registro con Resolución Judicial

2.4.1. Procedimientos para Facebook e Instagram

2.4.2. Procedimientos para WhatsApp

2.4.3. Procedimientos para TikTok

CAPÍTULO III

PROCEDIMIENTOS PARA PRESERVAR UNA PÁGINA WEB Y/O DOMINIO WEB

3.1. Uso del software HTTRACK Website Copier

3.1.1. Descarga e Instalación del software HTTRACK Website Copier

3.1.2. Configuración del software HTTRACK Website Copier para descargar página web y/o sitios web

3.1.3. Verificación de la descarga y preservación de la página web y/o sitio web

3.2. Procedimiento para obtener información sobre dominios web y direcciones IP

3.2.1. Obtención de información técnica de sitios web

3.2.2. Obtención de información técnica de direcciones IP

CAPÍTULO IV

ASEGURAMIENTO DE LA EVIDENCIA DIGITAL

4.1. Aspectos legales

4.1.1. Resolución N° 729-2006-MP-FN del 15 junio del 2006.

4.1.2. Decreto Supremo N° 010-2018-JUS del 25 de agosto del 2018

4.2. Fases para el aseguramiento de la evidencia digital

4.2.1. Fase inicial

4.2.2. Fase de ejecución

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS.

Anexo I Definición de Términos

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

Anexo V

Anexo VI

Anexo VII

Anexo VIII

Anexo IX

«GUÍA PARA LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS»

OBJETIVO

Establecer lineamientos que orienten el accionar de la Policía Nacional del Perú en la prevención, detección, investigación y persecución de los delitos informáticos, en concordancia con el marco legal vigente y los estándares internacionales en la materia.

FINALIDAD

Brindar al personal policial una herramienta que contenga los procedimientos técnicos-operativos que sirvan en las investigaciones policiales por hechos delictivos sancionados en la Ley N° 30096-Ley de Delitos Informáticos y su modificatoria Ley N° 30171′, el Código Penal y convenios internacionales de los que el Perú es parte.

ALCANCE

La presente guía está diseñada para fortalecer las capacidades operativas y técnicas de la Policía Nacional del Perú en materia de investigación de delitos informáticos, contribuyendo a la prevención, detección y neutralización de las diversas manifestaciones de la criminalidad organizada que hacen uso de la tecnología para la comisión del delito.

BASE LEGAL

Normativa internacional:

1. Convenio contra la Ciberdelincuencia (Budapest-2019).

Normativa nacional:

1. Constitución Política del Perú, articulo N° 166.

2. Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.

3. Ley N° 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.

4. Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado.

5. Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos.

6. Ley N° 30171, que modifica la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos.

7. Ley N° 31146, Ley que modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley N° 28950, Ley contra la Trata de Personas y Tráfico ilícito de Migrantes, con la finalidad de sistematizar los artículos referidos a los delitos de trata de personas y de explotación, y considerarlos estos delitos contra la indemnidad humana.

8. Ley N° 32130, Ley que modifica el Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, para fortalecer la investigación del delito como función de la Policia Nacional del Perù y agilizar los procesos penales.

9. Ley N° 32183, Ley que modifica el Código Penal para incorporar la modalidad de préstamos extorsivos en el tipo penal de extorsión.

10. Decreto Legislativo N° 635, Código Penal (Art. 129-M).

11. Decreto Legislativo N° 957. Nuevo Código Procesal Penal.

12. Decreto Legislativo N° 1182, que regula el uso de los datos derivados de las telecomunicaciones para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación, en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.

13. Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y su modificatoria Ley N° 31379.

14. Decreto Legislativo N° 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

15. Decreto Legislativo N° 1412- que aprueba la Ley de Gobierno Digital.

16. Decreto Legislativo N° 1614, que modifica la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos, para prevenir y hacer frente a la ciberdelincuencia.

17. Decreto Legislativo N° 1625, que modifica los articulos 154-B y 158 del Código Penal e incorpora el articulo 5-A en la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos para fortalecer el marco normativo sobre el uso de tecnologías digitales relacionado a la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual.

18. Decreto Supremo N° 090-2013-EF. Reglamento de la Ley N° 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera

19. Decreto Supremo N° 012-2025-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267 Ley de la Policía Nacional del Perú.

20. Decreto Supremo N° 007-2019-IN, Reglamento Decreto Legislativo N° 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

21. Decreto Supremo N° 17-2019-IN, que aprueba la Politica Nacional Multisectorial de lucha contra el Crimen Organizado 2019-2030.

22. Resolución de la Fiscalia de la Nación N° 729-2016-MP-FN, Reglamento de la Cadena de Custodia de Elementos Materiales, Evidencias y Administración de Bienes Incautados.

23. Resolución Ministerial N° 848-2019-IN, que aprueba el Manual para el Recojo de la Evidencia Digital.

24. Resolución Directoral N° 776-2016-DIRGEN/EMG-PNP de fecha 27 de julio de 2016, que aprueba el Manual de Documentación Policial.

25. Resolución de Comandancia General de la Policía Nacional del Perú – RGC N.° 79-2024-CG-PNP/EMG, del 09MAR2024, que aprueba el Manual de Análisis de Evidencia Digital.

PRESENTACIÓN

Desde la masificación del internet, se ha transformado profundamente la educación, el comercio y la participación ciudadana, pero también ha aparecido nuevos riesgos como la pérdida de privacidad, la manipulación de información y la ciberdelincuencia.

Organismos internacionales como UNESCO, CEPAL y el Foro Económico Mundial vienen advirtiendo sobre la necesidad de regulaciones sólidas y estrategias contra la concentración de poder en grandes corporaciones tecnológicas.

En América Latina, el acceso desigual a la conectividad persiste, afectando principalmente a sectores vulnerables. La arquitectura abierta de internet y la ausencia de un sistema global  de verificación de identidad facilitan la suplantación y el fraude digital. Esto ha permitido que la ciberdelincuencia se expanda a escala transnacional, afectando bienes jurídicos fundamentales.

En Perú, las denuncias por delitos informáticos como suplantación de identidad, fraude, extorsión digital y difusión no consentida de imágenes se han incrementado desde 2018, intensificándose durante la pandemia. La respuesta estatal exige fortalecer la ciberseguridad pública, actualizar el marco legal y promover educación digital preventiva.

El auge del internet, los teléfonos inteligentes y la digitalización de servicios financieros, laborales y personales, surgieron nuevas formas de criminalidad que afectan tanto a individuos como a empresas. El fraude bancario electrónico, el ciberacoso, la extorsión virtual o la difusión no consentida de imágenes intimas no solo causan daños económicos, sino también psicológicos y sociales profundos.

La promulgación de la Ley N° 30096, tipifico los delitos informáticos y alineo la legislación penal a los estándares internacionales establecidos en la Convención de Budapest. Esta norma busca proteger derechos fundamentales en el entorno digital y facilitar la cooperación judicial transnacional.

Las acciones contra el hackeo de sistemas, la interceptación de comunicaciones digitales, el uso malicioso de datos personales o la suplantación de identidad en redes sociales carecían de una regulación precisa. Este vacío limitaba las posibilidades de intervención efectiva por parte de la Policía Nacional y el Ministerio Público, lo cual colocaba en situación de indefensión a las victimas.

La presente Guía para la investigación de los Delitos Informáticos, elaborada con apoyo de la Unión Europea, brinda técnicas y procedimientos actualizados para la Policía Nacional del Perú en la investigación de ciberdelitos que asegure la utilización de altos estándares en procedimientos técnicos y científicos para la obtención de la prueba digital.

La guía está estructurada en cuatro capítulos que comprenden: la investigación de los delitos informáticos, el tratamiento de información de los perfiles de usuarios de redes sociales, los procedimientos para preservar una página web y/o dominio web y el aseguramiento de la evidencia digital. Todo ello, garantiza un trabajo ordenado, minucioso y el éxito en las investigaciones, sin perder de vista el respeto de los principios procesales y los derechos fundamentales, que no sólo han costado tanto conseguir, sino que, su vulneración echaría a perder los diligentes esfuerzos de la policía en enfrentar los flagelos de la criminalidad en sus diferentes modalidades.

CAPITULO I

LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS

La presente Guía, contiene aspectos técnicos y operativos que son aplicables en la investigación policial de los delitos informáticos; con observancia de la normativa vigente; a fin de garantizar la protección y tratamiento de la evidencia digital, así como la eficacia del proceso de la investigación policial.

«La legalidad, la panoplia que conocemos como «debido proceso», la presunción de inocencia, la intimidad, entre otros, son elementos constitutivos de cualquier Estado de derecho que, si no se respetan rigurosamente echarán a perder los más denodados esfuerzos policiales aspectos que sin duda son esenciales considerar cuando se pretende introducir una nueva política criminal con el ánimo de asegurar un mínimo normativo común que brinde previsión normativa al sistema de justicia en general»

1.1. Procedimiento de Investigación de los Delitos Informáticos.

Para la investigación de los delitos informáticos se puede considerar la secuencia propuesta, pudiendo considerarse otras diligencias de acuerdo con la modalidad y naturaleza del delito investigado conforme al avance tecnológico, los siguientes puntos

a. Conocimiento del Hecho

b. Recepción de denuncia

c. Comunicación de la denuncia al Ministerio Público.

d. Diligencias urgentes e inaplazables

e. Realizar las diligencias dispuestas por el Ministerio Público.

f. Desarrollo de la investigación.

g. Elaboración del documento policial correspondiente.

Preguntas generales para la recepción de denuncias por delito informático.

Estas preguntas especificas permiten ampliar el pliego interrogatorio para el esclarecimiento de los hechos materia de investigación.

i. Indique Ud. ¿Cómo tuvo conocimiento del hecho?

ii. Indique Ud. ¿Cuál es el nombre de la red social, aplicativo de mensajería instantánea, página web, correo electrónico o sala de chat, donde fue o presume, que fue victima del delito?

iii. Indique Ud. ¿Cuál ha sido la dirección(es) de correo electrónico empleada(s) en dicha página web?

iv. Señale Ud. ¿Desde cuándo y cómo ha notado alguna actividad inusual en sus cuentas y/o redes sociales?

v. Indique Ud. ¿Si ha recibido notificaciones o alertas de seguridad (por parte de la plataforma o la entidad financiera) antes o después del incidente?

vi. Indique Ud. ¿Cuáles han sido las cuentas y/o redes sociales comprometidas y/o afectadas?

[CONTINÚA]

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