MG-44: Infracción muy grave del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción MG-44.– CONTRA EL SERVICIO POLICIAL.


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Infracción MG-44 Sanción Muy Grave del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

INFRACCIÓN MG-44

MG-44

Contravenir deliberadamente los procedimientos operativos o administrativos o lineamientos establecidos en los planes de operaciones, órdenes de operaciones, protocolos u otros documentos relacionados con el cumplimiento del servicio policial, regulados en la normativa vigente.De 6 meses a 1 año de Pase a la Situación de Disponibilidad

 

CORTE SUPREMA

  • MG-44.- «El accionante si tiene la posibilidad de ingerir brebajes caseros para prevenir el contagio del COVID 19; pero su comportamiento debe ser conforme a su condición de policía, respetuoso de su uniforme y de su institución; participando con ecuanimidad y respeto frente a sus a sus demás colegas, evitar peleas, riñas; es lo que se espera de una autoridad policial, custodio del orden público, en todos los ámbitos de su desempeño como autoridad policial dentro y fuera de su entidad policial privilegiando y salvaguardando los bienes jurídicos que fueron dejados de lado.» Casación 16573-2023-HUANCAVELICA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21009

CORTE SUPERIOR

  • MG-44.- «Se declara la nulidad absoluta de las sanciones, ordenándose la reincorporación del efectivo policial; por el incumplimiento de validez y la afectación a los principios del debido procedimiento, legalidad procedimental, derecho de defensa, al habérsele recortado los plazos para la formulación de los descargos, por iniciarse un proceso sumario en vez del ordinario» Expediente 202-2021 CAJAMARCA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21619

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • MG-44.- «El investigado no acató el estado de Emergencia (COVID-19) y la Orden de Operaciones, al haber ingerido bebidas alcohólicas y participado en la agresión contra la autoridad policial, acreditándose la contravención que significa contrario a la ley y de forma deliberada que significa de manera voluntaria, intencionada o hecho a propósito.» Resolución Nº 165-2021-IN/TDP/4S. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21364
  • MG-44.- «El término deliberado es producto de una determinación consciente, voluntaria, intencionada o hecho a propósito; no está establecido que los efectivos del área de investigación deban realizar procedimientos administrativos». Resolución N° 408-2025-IN/TDP/1aS. Clic aquí: https://jurispol.pe/xodd
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