[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 14 . Error de tipo y error de prohibición.
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LIBRO PRIMERO
PARTE GENERAL
TÍTULO II: DEL HECHO PUNIBLE
CAPÍTULO I: BASES DE LA PUNIBILIDAD
Artículo 14.- Error de tipo y error de prohibición
Art. 14 | El error sobre un elemento del tipo penal o respecto a una circunstancia que agrave la pena, si es invencible, excluye la responsabilidad o la agravación. Si fuere vencible, la infracción será castigada como culposa cuando se hallare prevista como tal en la ley. El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal, excluye la responsabilidad. Si el error fuere vencible se atenuará la pena. |
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- «La exclusión del error de tipo sobre la edad en el delito de violación de menor: El impacto de expresiones como «niña linda» dirigidas a la agraviada». Exp. 04357-2016-PHC/TC. Clic Aquí: https://jurispol.pe/ls1f
CORTE SUPREMA
- «Ronderos: ¿pueden quedar exentos de responsabilidad por error de tipo o de prohibición?». AP 1-2009/CJ-116. Clic aquí: ttps://jurispol.pe/ffql
- «Correos de droga: el desconocimiento de la conducta ilícita». AP 3-2008/CJ-116. Clic aquí: https://jurispol.pe/c2zl
- «La improcedencia del error de tipo respecto de la edad de la víctima cuando el imputado tenía conocimiento de su condición de menor de edad». CAS. 468-2022-Arequipa. Clic aquí: https://jurispol.pe/5009
- «Los criterios para determinar la configuración del error de tipo: rol social, circunstancias del hecho, vulnerabilidad de la víctima y capacidades del imputado». CAS. 1714-2022-Lambayeque. Clic aquí: https://jurispol.pe/r9k2
- «La configuración del error vencible cuando el propietario desaloja al inquilino amparándose en una asesoría jurídica errónea». CAS. 2945-2023-Sullana. Clic aquí: https://jurispol.pe/b5ho
- «La configuración del error de tipo por la falsa representación de la realidad y el desconocimiento de los elementos del tipo penal». CAS. 742-2016-Ica. Clic aquí: https://jurispol.pe/u54
- «Relaciones sexuales con menores según costumbre comunitaria configuran un error de prohibición». RN. 271-2008-Cajamarca. Clic aquí: https://jurispol.pe/t0xu
- «Si el procesado podía conocer la edad de la menor con mínima diligencia, el error de tipo es vencible». RN. 1384-2009-Madre de Dios. Clic aquí: https://jurispol.pe/ngko
- «Difamación: Periodista no actúa por error de prohibición si omitió verificar la verdad de los hechos». RN. 449-2009-Lima. Clic aquí: https://jurispol.pe/g846
- «No procede el error de tipo si el procesado vio en varias ocasiones a la víctima con uniforme escolar». RN. 158-2009-Lima. Clic aquí: https://jurispol.pe/ci15
CORTE SUPERIOR
- «Error de tipo invencible en contextos digitales: Límites a la exigencia de diligencia sobre la edad de la víctima». Exp. 3436-2019-5-0401-JR-PE-02. Clic aquí: https://jurispol.pe/bkm1



