[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Art. IX del Título Preliminar. Función de la pena y de las medidas de seguridad.
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CÓDIGO PENAL MILITAR POLICIAL
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo IX.- Función de la pena y de las medidas de seguridad
Art. IX | 1. La pena tiene función sancionadora y preventiva. 2. Las penas y las medidas de seguridad se adecúan a los principios de proporcionalidad y razonabilidad, previstos en el presente Código. |



