Artículo 345 del Código Penal Militar Policial .- Expediente de investigación [DL 1094]

[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Art. 345.- Expediente de investigación.


Lee más:

TÍTULO X

PROCESO COMÚN

Capítulo I

Aspectos Generales de la Etapa Preparatoria

Artículo 345.- Expediente de investigación

Art. 345

El fiscal militar policial formará un expediente de la investigación preparatoria, de acuerdo con las reglas que establecen la Fiscalía Suprema Militar Policial, con el fin de preparar su requerimiento.
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