[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Art. 20. Clases de penas limitativas de derechos.
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TÍTULO III
DE LAS PENAS
Capítulo I
Clases de penas
Artículo 20.- Clases de penas limitativas de derechos
Art. 20 | Las penas limitativas de derechos son: 1. Degradación; 2. Expulsión de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional; 3. Separación temporal o absoluta del servicio; y, 4. Inhabilitación. |




