[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 106 .- Homicidio Simple.
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LIBRO SEGUNDO
PARTE ESPECIAL
DELITOS
TÍTULO I
DELITOS CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD
CAPÍTULO I
HOMICIDIO
Artículo 106.- Homicidio Simple
Art. 106 | El que mata a otro será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de veinte años. |
CORTE SUPREMA
- «Homicidio: Aportes independientes sin plan común descartan la coautoría en la causación de la muerte». CAS 411-2023-Arequipa. Clic Aquí:https://jurispol.pe/gd70
- «Criterios de valoración de la prueba científica y evaluación de la idoneidad del perito». CAS 645-2017-Pasco. Clic Aquí:https://jurispol.pe/iio0
- «Matar por la negativa de la víctima a acceder a relaciones sexuales configura homicidio por ferocidad ante la presencia de un móvil fútil e inhumano». CAS 669-2016-Arequipa. Clic Aquí:https://jurispol.pe/84lu
- «Premeditación excluye la emoción violenta: adquisición anticipada del arma e intencionalidad manifestada antes del ataque». [RN 2215-2009, Cusco] Clic aquí: https://jurispol.pe/s2l1
- «La aberratio ictus no excluye el dolo ni elimina la intencionalidad de matar en el homicidio». RN. 866-2018-Lima. Clic aquí: https://jurispol.pe/rv9z
- «Omisión impropia: Director de la Policía es responsable a título de dolo eventual por falta de supervisión en operativo con costo social». RN. 461-2024-Amazonas. Clic aquí: https://jurispol.pe/4z4z
- «Elementos a evaluar ante la muerte de una persona en una pelea: contexto, conducta, objeto y zona afectada». RN. 387-2025-Lima Sur. Clic aquí https://jurispol.pe/wtce
CORTE SUPERIOR
- «Imputación objetiva y la regla que establece que el propietario de una discoteca que aumenta el riesgo permitido con actos peligrosos responde por el delito de homicidio y lesiones dolosas». Exp. 0043-05. Clic aquí: https://jurispol.pe/miy7
- «Dolo eventual en homicidio por accidente de tránsito y la regla que establece su configuración cuando el chofer se representó la muerte de la víctima y a pesar de ello asumió el riesgo probable continuando su marcha hasta atropellarla». Exp. 18707-2011. Clic aquí: https://jurispol.pe/26js
- «Dolo eventual en el CASO FURREY y la regla que establece su configuración cuando el conductor no reduce la velocidad en un cruce peatonal pese a haber divisado a la víctima». Exp. 01275-2025-1-1826-JR-PE-01. Clic aquí: https://jurispol.pe/g0we



