[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. VI del Título Preliminar. Trascendencia y finalidad de la sanción disciplinaria.
Lee más:
- Ley 30714 Regula el régimen disciplinario de la PNP [Actualizado 2025]
- ACTUALIZADO Reglamento de la Ley 30714 que regula el régimen disciplinario de la PNP [DS 003-2020-IN]
- Modifican diversos artículos del Reglamento de la Ley 30714 y nueva tabla de infracciones [DS 016-2025-IN]
- Nueva Tabla de Infracciones de la ley 30714 que regula el Régimen Disciplinario de la PNP [DS 016-2025-IN]

TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo VI. TRASCENDENCIA Y FINALIDAD DE LA SANCIÓN DISCIPLINARIA
Art. VI
| La sanción disciplinaria constituye demérito en la carrera policial y tiene como objetivo preservar y garantizar la ética policial, la disciplina policial, el servicio policial y la imagen institucional. La sanción desincentiva la comisión de las infracciones contempladas en la Ley, previniendo su realización a futuro; con ello, se privilegian y salvaguardan los bienes jurídicos imprescindibles para el correcto desarrollo institucional y el adecuado cumplimiento de los fines constitucionales de la Policía Nacional del Perú. |




