Artículo 13 de la Ley 30714. Impedimento en el desempeño del cargo

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 13. Impedimento en el desempeño del cargo.


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Artículo 13 de la Ley 30714. Impedimento en el desempeño del cargo

CAPÍTULO III

NORMAS DE CONDUCTA

ARTÍCULO 13. IMPEDIMENTO EN EL DESEMPEÑO DEL CARGO   

Art. 13

 

El personal de la Policía Nacional del Perú sancionado con resolución firme por la comisión de infracción grave o muy grave que afecte la función que venía desempeñando, no podrá continuar ni volver a ser asignado al cargo que ocupaba al momento de cometer la infracción o en funciones análogas en otra unidad, por un período de cinco (5) años. En la resolución de sanción se dispondrá que la Dirección Ejecutiva de Personal de la Policía Nacional del Perú realice las acciones necesarias para su cumplimiento

 

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