[TUO del DL 1149] Mediante el DS 006-2024-IN, publicado el 13JUL2024, se aprobó el TUO del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Artículo 22. Otorgamiento de becas.
Lee más:
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2025]
- Reglamento del DL 1149. Ley de la Carrera del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]
- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]

TITULO II
DE LA CARRERA PERSONAL
CAPÍTULO III
SUBESPECIALIZACIÓN, CAPACITACIÓN, REENTRENAMIENTO, MAESTRÍA INSTITUCIONAL Y PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL Y TÉCNICA
Artículo 22.- Otorgamiento de becas
Art. 22 | Para acceder a las becas se deben cumplir los requisitos establecidos en el reglamento correspondiente. La Dirección de Recursos Humanos difundirá a nivel nacional el programa de becas nacionales e internacionales, que serán asignadas mediante concurso. Para acceder a las becas en los cursos equivalentes a los programas de perfeccionamiento profesional de la Policía Nacional del Perú, se requiere previamente haber logrado vacante en los procesos de admisión a la Escuela de Posgrado y estar autorizado mediante resolución de la Comandancia General. Para los Oficiales de Servicios el otorgamiento de becas se normará en el Reglamento respectivo. |
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Manual del régimen de educación de la escuela de formación continua PNP». RD 011-2026-DIREDDOC-PNP/ESCFOCON. Clic aquí: https://jurispol.pe/ozdg
- «Guía de actuación para recibir Manifestaciones». RCG 056-2026-CG PNP/COMOPPOL-DIRNIC. Clic aquí: https://jurispol.pe/twwb
- «Plan de Trabajo Académico 2026 PNP». RJ 003-2026-DIREDDOC-PNP/DIVACA. Clic aquí: https://jurispol.pe/w7zt
- «Sistema Jurídico Policial». Cartilla Temática 001-2026. Clic aquí: https://jurispol.pe/2uin



