Artículo 94 del Código Penal Peruano .- Restitución del bien

[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 94 .Restitución del bien.


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Artículo 94 del Código Penal Peruano .- Restitución del bien

LIBRO PRIMERO
PARTE GENERAL

TÍTULO VI: DE LA REPARACIÓN CIVIL Y CONSECUENCIAS ACCESORIAS

CAPÍTULO I: REPARACIÓN CIVIL

Artículo 94.- Restitución del bien

Art. 94

La restitución se hace con el mismo bien aunque se halle en poder de terceros, sin perjuicio del derecho de éstos para reclamar su valor contra quien corresponda.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

CORTE SUPREMA

  • «Por qué la ejecución de una medida cautelar de posesión no reemplaza la orden de restitución definitiva en la decisión final». CAS 774-2022-LA LIBERTAD. Clic Aquí:https://jurispol.pe/r70t
  • «Usurpación: Absolución penal del imputado no impide ordenar la devolución del inmueble al agraviado». CAS 107-2020-Arequipa. Clic Aquí:https://jurispol.pe/l7rk
  • «Doctrina jurisprudencial: Actor civil puede discutir la calidad y características del bien restituido en la vía civil». CAS 657-2014-Cusco. Clic Aquí:https://jurispol.pe/my5o
  • «Supuestos que justifican prescindir de la restitución total o parcial de la posesión en el delito de usurpación». RN. 21-2025-Lima. Clic aquí: https://jurispol.pe/up59

CORTE SUPERIOR

  • «Reparación civil: no se aplica la figura de restitución a los delitos que afectan bienes jurídicos inmateriales». Exp. 001466-2022-2-1826-JR-E-10. Clic aquí: https://jurispol.pe/3elc
  • «Reparación civil y la regla que establece que no es posible fijar la restitución del bien inmueble si el acusado fue absuelto de usurpación por tener un certificado de posesión». Exp. 04011-2015-62-1302-JR-PE-02. Clic aquí: https://jurispol.pe/zx3r
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