Artículo 93.- Sentencia judicial condenatoria de la Ley de Carrera y Situación del Personal de la PNP.- [DL 1149]

[DL PNP] Mediante el DL 1149, publicado el 11DIC2012 se aprobó la Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Art. 93. Sentencia judicial condenatoria.


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TÍTULO III

SITUACIÓN POLICIAL

CAPÍTULO VI

SITUACIÓN DE RETIRO

Artículo 93.- Sentencia judicial condenatoria

Art. 93

El personal de la Policía Nacional del Perú pasa a la situación de retiro por sentencia judicial condenatoria, cuando la resolución judicial consentida o ejecutoriada sancione con pena privativa de libertad efectiva o inhabilitación mayor de dos (2) años.(*)

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(*) De conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N°. 012-2020, publicado el 16 enero 2020, durante la vigencia del citado Decreto de Urgencia queda suspendida la aplicación de la causal de pase a la situación de retiro recogida en el presente artículo.

La referida norma tiene una vigencia de cinco (05) años renovables por un periodo similar, computados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

LEGISLACIÓN POLICIAL

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