[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Art. 512.- Requisitos de la resolución.
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Capítulo II
Procedimiento para imponer las sanciones
Artículo 512.- Requisitos de la resolución
Art. 512 | La resolución que expida el jefe del centro deberá contener la identificación del interno a quien se atribuye la comisión de la falta disciplinaria, la descripción de los hechos, los elementos probatorios que fundamentan la responsabilidad o la inocencia del investigado y la sanción al interno cuando corresponda. En este último caso, deberá señalarse la fecha de inicio y culminación de la sanción. |



