Artículo 471 del Código Penal Militar Policial .- Designación de lugar y fecha [DL 1094]

[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Art. 471.- Designación de lugar y fecha.


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TÍTULO III

EJECUCIÓN DE PENAS

Capítulo I

De la pena de muerte

Artículo 471.- Designación de lugar y fecha

Art. 471

Para la ejecución de la pena de muerte, la Comandancia General de la Unidad Militar o Policial, o el Comandante del Teatro de Operaciones, designará el lugar, día y hora.
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