Artículo 16 de la Ley 30714. Subordinación

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 16. Subordinación.


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Artículo 16 de la Ley 30714. Subordinación

CAPÍTULO V

SUBORDINACIÓN, MANDO Y COMANDO

ARTÍCULO 16. SUBORDINACIÓN  

Art. 16

 

Existe subordinación hacia el superior en razón del grado, antigüedad o cargo. Se ejerce manteniendo a cada cual en el ámbito de sus deberes y derechos.

 

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