Artículo 34 del Código Penal Militar Policial .- Concurso ideal de delitos [DL 1094]

[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Art. 34. Concurso ideal de delitos.


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Capítulo II

Aplicación de las Penas

Artículo 34.- Concurso ideal de delitos

Art. 34

Cuando varios dispositivos son aplicables al mismo hecho, se reprimirá hasta con el máximo de la pena más grave, pudiendo incrementarse hasta en una cuarta parte, sin que pueda exceder de treinta y cinco años.

 

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Las penas accesorias podrán ser aplicadas aunque sólo estén previstas en una de esas disposiciones.

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