[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Art. 230. Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
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Capítulo III
La Fiscalía Militar Policial
Artículo 230.- Fuerzas Armadas y Policía Nacional
Art. 230 | Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional a requerimiento y bajo la dirección del fiscal militar policial, intervendrán en la investigación del delito de función, conforme a ley. |



