L-76: Infracción Leve del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-76- CONTRA EL SERVICIO POLICIAL


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Infracción L-76: Sanción Leve del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714.

INFRACCIÓN L-76

L-76

Proceder con negligencia en la conducción y control del personal bajo su comando o en la supervisión del cumplimiento de las órdenes impartidas.De 5 a 7 días de Sanción Simple.

 

ELEMENTOS CONFIGURATIVOS: Se requiere para su configuración la verificación de uno de los siguientes presupuestos:

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(i) Que, el efectivo policial, proceda con negligencia en la conducción y supervisión del personal bajo su comando.

(ii)  Que, el efectivo policial, proceda con negligencia en la supervisión del cumplimiento de las órdenes impartidas.

CORTE SUPREMA

  • «El actor no recibió la orden de ser vigilante de puerta el día de los hechos, por no haber sido designado con un memorando». Casación 12136-2022-LAMBAYEQUE. Clic aquí: https://jurispol.pe/jxot
  • Sanción nula: «No se determinó objetivamente la responsabilidad del actor respecto a la infracción imputable como “negligencia” durante relevo». Casación 44000-2022-LIMA. Clic aquí: https://jurispol.pe/30fc
  • «Las leyes y reglamentos de la PNP no son bloques o compartimientos aislados de la constitución, cuyos principios no sólo se aplican en el ámbito del derecho penal, sino también en el del derecho administrativo sancionador, el cual incluye, naturalmente, al ejercicio de potestades disciplinarias en el ámbito policial». Casación 44000-2022-LIMA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=22603
  • «Los policías no deben ejecutar las órdenes «Sin dudas ni murmuraciones» si es ilícita». Casación 73-2023/APURIMAC. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=1393

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • «Autenticar el sistema de denuncias, sin revisar el contenido del mismo, como superior jerárquico, es considerado negligencia en la supervisión». Resolución 492-2023-IN/TDP/1S. Clic aquí: https://jurispol.pe/1uql
  • «La negligencia consiste en una acción u omisión realizada de forma descuidada, deficiente o inoportuna, evidenciando falta de cuidado, esmero o dedicación». Resolución 467-2024-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/rn3a

LEGISLACIÓN POLICIAL

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