[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen de Disciplinario de la PNP. Código de infracción L-67.– CONTRA EL SERVICIO POLICIAL.
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INFRACCIÓN L-67
L-67 | Faltar a la verdad en cualquier acto del servicio, sin causar perjuicio. | De 8 a 10 días de Sanción Simple |
CORTE SUPREMA
- L-67.- «No puede sancionarse por faltar al servicio policial, si el administrado se encontraba cumpliendo una sanción de pase a la situación de disponibilidad.» CASACIÓN N.º 34182-2022. Clic aquí: https://jurispol.pe/e7v0
TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- L-67.- «No se acredita la infracción si no se afecta la investigación o que la autoridad ejerza oportunamente la causa penal, pues instructor remitió los actuados» Resolución 408-2025-IN/TDP/1S. Clic aquí: https://jurispol.pe/5utu
LEGISLACIÓN POLICIAL
- L-67.- «Ámbito de aplicación de las infracciones Muy Grave MG-15 y Grave G-43 de la tabla de infracciones y sanciones DL N° 1150». Sobre los criterios de interpretación para la aplicación de la infracción Gave G-43 del Decreto Legislativo N° 1150, que actualmente se relaciona con la infracción de código L-67». Acuerdo de Sala Plena 2016.- Acuerdo 4. Clic aquí: https://jurispol.pe/6ei4
- L-67.- «Alcances y precisiones de las infracciones Muy Graves MG-27 y MG-28 (Formular imputaciones tendenciosas que denigren, calumnien, difamen o deshonren al personal de la PNP. Denunciar sin pruebas o con argumentos falsos al personal de la PNP)». Acuerdo de Sala Plena 2022. Tema 5. Clic aquí: https://jurispol.pe/evfs



