Extinción de dominio y la regla que establece que su ley reguladora puede aplicarse de manera retrospectiva y no de manera retroactiva [Caso 188-2024-22-1601-SP-ED-01/El Santa]

|Cortes Superiores| Mediante Resolución Número 05 del Caso 188-2024-22-1601-SP-ED-01/El Santa de fecha 20NOV2024, La Sala de apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de La Libertad abordó el tema «Extinción de dominio y la regla que establece que su ley reguladora puede aplicarse de manera retrospectiva y no de manera retroactiva» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


Lee también:

PODER JUDICIAL

SALA DE APELACIONES TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA LIBERTAD

CASO N.° 188-2024-22-1601-SP-ED-01/El Santa

Sumilla: (…) Se debe indicar que en lo que atañe a la proporcionalidad de la medida solicitada, si bien es cierto la medida de incautación es idónea -en tanto persigue un fin constitucionalmente legítimo: la extinción de un bien utilizado para la comisión de actividades ilícitas-, en el presente caso no se presenta como una medida estrictamente necesaria y ello porque, según la información que obra en el expediente, en este caso en concreto, se advierte que si bien existe un riesgo de transferencia del bien, no existe un riesgo emitente de ocultamiento del bien, toda vez que la Embarcación Pesquera «Mariana B con matrícula CO-1662-PM» cuenta con control satelital y, adicionalmente, en la actualidad cuenta con control de registro en la bitácora de información relevante en las faenas de pesca, en base a las cuales eventualmente la autoridad pesquera determina vedas de los recursos hidrobiológicos. En consecuencia, no existe riesgo que la misma pueda ser objeto de ocultamiento, máxime si han cumplido con adjuntar como medio probatorio el contrato de servicios celebrado entre la empresa Hayduk S.A. y Collecte Localisation Satellites Perú- CLS Perú S.A.C. empresa proveedora del servicio satelital.

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Solicitante : Fiscalía Especializada del Santa

Requeridas : 

  • Pesquera HAYDUK S.A.
  • La Fiduciaria S.A.
  • DNB Bank ASA

Asunto : Apelación – medida cautelar de incautación

Apelantes :

  • Pesquera HAYDUK S.A.
  • La Fiduciaria S.A.

Jueces : Falla Salas / Taboada Pilco / Rojas Cruz

AUTO DE APELACIÓN

Resolución número cinco

Trujillo, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro

Vista y oída en audiencia de apelación por los señores magistrados integrantes de la Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de La Libertad, señores jueces superiores, Carlos Augusto Falla Salas, Eliseo Giammpol Taboada Pilco (quien interviene por licencia del señor presidente Juan Rodolfo Segundo Zamora Barboza), y Jorge Luis Rojas Cruz (director de debates).

I. Parte expositiva

1. Materia del recurso de apelación

Viene el presente en apelación de la resolución número uno (folios 386 a 404), de fecha tres de julio de dos mil veinticuatro, que resolvió declarar fundado el requerimiento de medida cautelar de incautación sobre el siguiente bien mueble.

[…]

FUNDAMENTOS RELEVANTES:

6.26. Como puede verse, efectivamente dicho artículo establece la aplicación inmediata de la ley, es decir, a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes (teoría de los hechos cumplidos); y, prohíbe la retroactividad de las normas; sin embargo, el artículo 2.5 del Decreto Legislativo 1373 no contraviene dicha norma constitucional, pues no conlleva una aplicación retroactiva sino retrospectiva; es decir, establece que la Ley de extinción de dominio pueda aplicarse a situaciones anteriores pero no consolidadas antes de su vigencia.

[Continúa…]

⇒DESCARGA AQUÍ⇐ «Extinción de dominio y la regla que establece que su ley reguladora puede aplicarse de manera retrospectiva y no de manera retroactiva [Caso 188-2024-22-1601-SP-ED-01/El Santa]»

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete