Disposiciones Finales y Transitorias del Código Penal Peruano-Segunda. Tráfico Ilícito de Drogas y Terrorismo-Vigencia de beneficios

[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente las Disposiciones Finales y Transitorias – Segunda. Tráfico Ilícito de Drogas y Terrorismo-Vigencia de beneficios.


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Disposiciones Finales y Transitorias del Código Penal Peruano-Segunda. Tráfico Ilícito de Drogas y Terrorismo-Vigencia de beneficios

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

SEGUNDA. Tráfico Ilícito de Drogas y Terrorismo – Vigencia de beneficios

SEGUNDA

Continúan vigentes las disposiciones legales que restringen los beneficios procesales y de ejecución penal, respecto de los agentes de delitos de tráfico ilícito de drogas y terrorismo, en cuanto no se opongan a este Código.

 

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