[Fuero Militar Policial] Mediante el DL 1094, promulgado el 31AGO2010 y publicado en el diario oficial El Peruano el 01SET2010, se aprobó el Código Penal Militar Policial; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se han elaborado y seleccionado criterios jurídicos y jurisprudenciales orientados a una correcta interpretación y aplicación de esta normativa, respecto del Disposiciones Complementarias, Transitorias, Finales y Derogatorias – Primera. Difusión e instrucción del Código Penal Militar Policial.
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Disposiciones Complementarias, Transitorias, Finales y Derogatorias
Primera.- Difusión e instrucción del Código Penal Militar Policial
Primera | Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, a partir de la vigencia del presente cuerpo legal, tienen la obligación de difundir e instruir los preceptos establecidos en el mismo, a todo su personal, en sus diversos niveles de formación, capacitación y especialización militar policial. |



