[Reglamento de la Ley de la PNP] En virtud DS N° 012-2025-IN, que aprueba el Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial a la legislación policial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria Final Sexta del Reglamento del DL 1267. AUXILIARES DE POLICÍA.
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
SEXTA. AUXILIARES DE POLICÍA
SEXTA | Los Auxiliares de Policía, en su condición de personal civil, desempeñan únicamente funciones de apoyo administrativo a las funciones misionales de las áreas orgánicas de la Policía Nacional. Las condiciones y modalidades laborales son establecidas por la norma correspondiente. |
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Reglamento Interno de los servidores civiles de la policía (RIS PNP)». RCG 133-2021-CGPNP/EMG. Clic aquí: https://jurispol.pe/xfxe



