[Directiva PNP] Mediante la RCG N° 1058-2025-CG-PNP/COMOPPROL-DIRCRI, de fecha 23DIC2025 a través de la Comandancia General de la PNP, se aprobó la Directiva que establece «Lineamientos para la identificación odontológica forense en la PNP» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
- D.L. 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú [Actualizado]
- Reglamento del DL 1219, que fortalece la función criminalística policial [DS 011-2025-IN]
- Actualizado: Nuevo Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
- Guía medico legal evaluación física en presuntos agresores
- sexuales[ RJ N° 000190-2021-MP-FN-JN-IMLCF]

RESOLUCIÓN DE LA COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL N° 1058-2025-CG-PNP/COMOPPROL-DIRCRI
VISTO; el Informe N° 010-2024-COMOPPOL PNP-DIRCRI/DIVIDCRI- DEPESFOR, de fecha 15 de marzo del 2024, formulado por la División de Identificación de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, mediante el cual propone el proyecto de Directiva sobre los «Lineamientos para la Identificación Odontológica Forense en la Policía Nacional del Perú», para mejorar la labor pericial estomatológica, el registro informático y reducir la brecha digital de la División de Identificación Criminalística.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 166° de la Constitución Política del Perú, establece que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras, asimismo, el artículo 168° de la carta magna establece que las leyes y reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional;
Que, el artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1604, que modifica el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que la Comandancia General es el órgano de comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú, para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de menor atención a la ciudadanía y eficiente uso de los recursos en el marco de las políticas sectoriales aprobadas por el Ministerio del Interior;
Que, el artículo 122° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2025- IN publicado el 05 de noviembre de 2025, señala que «La Dirección de Criminalística es el órgano de apoyo policial, responsable de planificar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las funciones y actividades que desarrollan las unidades de organización del Sistema Criminalístico Policial; por su carácter sistémico, funcional, técnico, normativo, administrativo, operativo y especializado en criminalística»;
Que, el artículo 126° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2025- IN publicado el 05 de noviembre de 2025, señala que la División de Identificación Criminalística de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, es la subunidad orgánica de carácter técnico y especializado; responsable de planificar, articular ejecutar, controlar y evaluar el soporte técnico y científico que brinda a las unidades de organización de la institución policial, Ministerio Público, Poder Judicial y Fuero Militar Policial mediante la identificación de las personas naturales emisión de informes periciales de identificación policial y otros documentos criminalísticos. Inciso 9) proponer directivas que optimicen la labor de identificación criminalístico de carácter sistémico y estandarización física;
Que, el artículo 9° del Decreto Supremo N°011-2025-IN. que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N°1219 «Ley de Fortalecimiento de la Función Criminalística Policial», establece como un tipo de especialidad forense a cargo del Sistema Criminalístico Policial, a la «Estomatología Forense», a través de la cual realiza el estudio y analiza la estructura ósea, dentaria y tejidos blandos del sistema estomatognático, representado por el tercio inferior de la cara, con fines de identificación humana, determinación de lesiones estomatológicas, estimación de edad, sexo, estatura y patologías en personas cadáveres y restos óseos. Asimismo, evalúa casos de posible responsabilidad profesional odontológica, examen de marcas de mordedura y otros de interés criminalístico forense;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 504-2025-EMG-PNP/DIRIGC- DIVDAP de fecha 01 de julio del 2025, la División de Diagnóstico y Análisis Prospectivo del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, opina que resulta viable la aprobación de la directiva «Lineamientos para la Identificación Odontológica Forense en la Policía Nacional del Perú»;
Que, mediante Informe N° 57-2025-SECEJE-PNP/DIRPLAINS-DIVMDI de fecha 27 de enero del 2025, la División de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú, opina que resulta viable por cuanto se encuentra formulado conforme a la estructura, formato y parámetros establecidos -en la Directiva N° 19-2021-COMGEN PNP/SECEJE.DIRPLAINS-DIVMDI, sobre «Lineamientos aplicables para la formulación, aprobación o modificación de dispositivos legales y documentos normativos u orientadores de la Policía Nacional del Perú;
Que, mediante Dictamen N° 440-2025-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN de fecha 20 de mayo del 2025, la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional Perú, opina que el proyecto de Directiva «Lineamientos para la identificación Odontológica Forense de la Policía Nacional del Perú», resulta viable;
Lo propuesto por el señor General de la Policía Nacional del Perú, Director de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, y;
Lo opinado por el señor Teniente General de la Policía Nacional del Perú, Jefe del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva que establece los «Lineamientos para la Identificación Odontológica Forense en la Policía Nacional del Perú», la misma que forma parte como anexo integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Las Unidades de Organización de la Policía Nacional del Perú comprometidas accionarán en el área de su competencia, de acuerdo con lo establecido en la Directiva que se aprueba.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, publique la presente resolución en página web de la institución (www.policia.gob.pe) y en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del personal de la Policía Nacional del Perú (https://sigcpd.policia.gob.pe), respectivamente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
DIRECTIVA N° 033-2025-COMOPPOL-DIRCRI-PNP/DIVIDCRI
RCG N° 1050-2025-00 PNP/COMOPPOL-DIRCRI
LINEAMIENTOS PARA LA IDENTIFICACIÓN ODONTOLÓGICA FORENSE EN LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
I. OBJETO
Establecer los lineamientos para la Identificación Odontológica Forense en la Policía Nacional del Perú, con el propósito de realizar los diferentes exámenes periciales odontológicos que permita el desarrollo de un informe pericial.
II. FINALIDAD
Establecer los lineamientos para la Identificación Odontológica Forense en la Policía Nacional del Perú, con la finalidad de proporcionar información técnicocientífico sobre identificación de personas y cadáveres NN, mediante pericias odontológicas, a las autoridades competentes que lo soliciten conforme a ley.
III. ALCANCE
La presente directiva es de cumplimiento obligatorio para todas las Unidades de la Policía Nacional del Perú que formulen las Fichas de Identificación Odontológica (FIO) e informes periciales; el cual tiene alcance a la Dirección de Sanidad Policial – DIRSAPOL, la Oficina Central Nacional OCN-INTERPOL-Lima, a los departamentos desconcentrados de Criminalística en Regiones y Frentes Policiales; asimismo, la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones (DIRTIC) PNP, que brinda soporte técnico a la base de datos.
IV. RESPONSABILIDADES
4.1 La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú a través de sus diferentes órganos de control de la Dirección de Inspecciones, se encarga de la supervisión, control, seguimiento y verificación del cumplimiento de la presente directiva.
4.2 La Dirección de Criminalística PNP a través de la División de Identificación Criminalística, es el encargado de dar cumplimiento a la presente directiva, y a través de su personal Odontólogo se encarga de la asistencia técnica, de controlar y supervisar el registro odontológico; así como, de brindar la habilitación, supervisión y asistencia técnica al acceso al sistema del Software de Identificación Odontológico Forense.
V. BASE LEGAL
5.1 Constitución Política del Perú 1993. [Clic aquí]
5.2 Decreto Legislativo N° 1267- Ley de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí]
5.3 Decreto Legislativo N° 1219, Decreto Legislativo de Fortalecimiento de la Función Criminalística Policial. [Clic aquí]
5.4 Decreto Legislativo N°1606, que modifica el Decreto Legislativo N°1219, Decreto Legislativo de Fortalecimiento de la Función Criminalística Policial. [Clic aquí]
5.5 Decreto Supremo N° 012-2025-IN, Reglamento de la Ley N°1267 de la PNP. [Clic aquí]
5.6 Decreto Supremo N° 011-2025-IN que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N°1219, Decreto Legislativo de Fortalecimiento de la Función Criminalística Policial, modificado por el Decreto Legislativo N°1606 [Clic aquí]
5.7 Resolución Ministerial N° 2264 de fecha 15JUN63 que crea el Archivo de Identificación Dental a cargo del Departamento de Criminalística-PIP.
5.8 Resolución Ministerial N° 559-2022-MINSA que aprueba la NTS N° 188 MINSA/DIGIESP-2022, Norma Técnica de Salud para el uso del odontograma.
5.9 Resolución Directoral N° 3108-92-DGPNP/EMG del 15JUL1992. que dispone el desarrollo del Plan de Identificación Odontológica-IDENTOPOL.
5.10 Resolución Directoral N° 1299-2005-DIRGEN/EMG, que aprueba el Manual de Criminalística de la Policía Nacional del Perú. [Clic aquí. ACTUALIZADO: Manual de Criminalística PNP – 2025]
5.11 Resolución Directoral N° 247-2013-DG-PNP/EMG, que aprueba el Manual de Procedimientos Periciales de Criminalística. [Clic aquí]
5.12 Resolución Directoral N° 417- 2021-CG/PNP/EMG, del 23DIC2021, que aprueba la Directiva N° 19-2021-COMGEN PNP/ SECEJE-DIRPLAINS-DIVMDI, sobre los “Lineamientos aplicables para la formulación, aprobación o modificación de dispositivos legales o documentos normativos u orientadores de la Policía Nacional del Perú”
5.13 Guía Práctica “American Board of Forensic Odontology” ABFO, acreditada por la Junta de Acreditación de Especialidades Forenses (FSAB) como una especialidad forense que ofrece certificación a dentistas calificados.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
6.1 La presente Directiva se describe en el marco de la Identificación Odontológica definiendo las actividades realizadas en el campo de la odontología forense y sus funciones en competencia: así como la importancia del Registro de Identificación Estomatológica el cual contiene el registro y almacenamiento físico y digital de los informes periciales y otros documentos afines; asi como las fichas odontológicas de personas naturales incriminadas, detenidas, desaparecidas o fallecidas no identificadas con fines de identificación o de personas naturales no incriminadas que lo han requerido para viaje y/o uso en el extranjero; de igual forma de inmigrantes para tramitar la Ficha de Canje Internacional y de la Dirección de Sanidad Policial que remite en copia las fichas odontológicas del personal de la Policía Nacional del Perú, que corresponden a una labor contribuyente y beneficiosa para la administración de justicia en busca de la verdad y al servicio de la sociedad.
6.2 La Dirección de Criminalística es el órgano de apoyo policial, responsable de planificar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las funciones y actividades que desarrollan las unidades de organización del Sistema Criminalístico Policial; por su carácter sistémico, funcional, técnico, normativo, administrativo, operativo y especializado en criminalística.
6.3 La Dirección de Sanidad Policial es la unidad orgánica responsable de normar, planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las funciones y actividades relacionadas con los servicios de salud de la Institución Policial, a fin de atender las necesidades de salud y tratamiento médico del personal policial, cadetes y alumnos de las Escuelas de Formación de la Policía Nacional del Perú. Su finalidad es garantizar que el personal se mantenga en condiciones óptimas para el cumplimiento de la función policial. El ejercicio de sus funciones se realiza en concordancia con los lineamientos técnicos y sanitarios establecidos por el Ministerio de Salud y bajo el ámbito de competencia y supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD).
6.4 La Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima es la subunidad orgánica de carácter técnico, operativo y especializado; responsable de articular, planificar, ejecutar, y evaluar la cooperación policial y judicial recíproca a nivel internacional, para la lucha de la delincuencia y el crimen organizado transnacional, cibercrimen y terrorismo internacional, dentro del marco de la Constitución Política del Perú y sus leyes, los tratados y convenios internacionales suscritos por el país, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y el Estatuto y Reglamento de la Organización Internacional de Policía Criminal – OIPC INTERPOL, cuya sede central está ubicada en Lyon – Francia. Tiene el nivel equivalente a una división policial, donde asi también tiene como una de sus funciones expedir la Ficha de Canje Internacional por cambio de calidad migratoria u otros supuestos que correspondan, a través del Sistema de Búsqueda Automática (SBA) y solicitar información a través del Sistema 1-24/7 de posibles requisitorias y/o antecedentes al país de origen de los ciudadanos extranjeros.
6.5 Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones es el órgano de apoyo administrativo responsable de coordinar, planificar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la implementación de las tecnologías de información y comunicaciones, en el marco de los lineamientos dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú. Realiza estudios y desarrolla sistemas informáticos, propone y ejecuta proyectos; así como, brinda soporte técnico para optimizar y/o extender los servicios informáticos y de telecomunicaciones en las unidades de organización de la Policía Nacional del Perú, a fin de garantizar un adecuado servicio a la ciudadanía y coadyuvar en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.
6.6 La División de Identificación Criminalística es la subunidad orgánica de carácter técnico y especializado; responsable de planificar, articular ejecutar, controlar y evaluar el soporte técnico y científico que brinda a las unidades de organización de la institución policial. Ministerio Público, Poder Judicial y Fuero Militar Policial, mediante la identificación de las personas naturales, emisión de informes periciales de identificación policial y otros documentos criminalísticos.
6.7 Los Departamentos desconcentrados de Criminalística, se encuentran en Regiones y Frentes Policiales, en atención a la demanda de pericias policiales, incidencia delictiva y otros factores relacionados; los mismos que se crean, fusionan o suprimen mediante Resolución de Comandancia General; las unidades desconcentradas de Criminalística tienen dependencia administrativa y operativa de la Dirección de Criminalística y forman parte de la estructura orgánica de esta. El control del cumplimiento de las funciones de estas unidades se encuentra a cargo de las Regiones o Frentes Policiales.
VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
7.1 PARA LAS UNIDADES POLICIALES QUE REALIZAN LA FICHA DE IDENTIFICACIÓN ODONTOLÓGICA (FIO)
7.1.1 La División de Identificación Criminalística por intermedio de su personal odontólogo confecciona las fichas de identificación odontológica (FIO) de personas naturales incriminadas, detenidas, desaparecidas o fallecidas no identificadas con fines de identificación o de personas naturales no incriminadas que lo han requerido para viaje y/o uso en el extranjero y otros conforme a ley; asimismo, los profesionales odontólogos son los responsables del registro de las FIO y de insertarlo en la base de datos del Software de identificación odontológica forense. Asimismo, tiene la función de evaluar, investigar y difundir métodos, técnicas y procedimientos de identificación criminalística a nivel nacional e internacional.
7.1.2 La Dirección de Sanidad Policial, por medio de su personal odontólogo, confecciona las fichas odontológicas (odontogramas) al personal policial que pasa su ficha de evaluación médica anual FEMA. Asimismo, la DIRSAPOL es responsable de la supervisión al personal que realiza el registro de estas fichas y su posterior ingreso en la base de datos del software de identificación odontológica forense; el acceso al software es entregado a través de la División de Identificación Criminalística.
7.1.3 La Oficina Central Nacional OCN INTERPOL – Lima por medio de su personal odontólogo, confecciona los odontogramas a los extranjeros que solicitan su trámite de carnet de extranjería, quienes son los responsables de la supervisión al personal que realiza el registro de estas fichas y de insertarlo en la base de datos del Software de Identificación odontológico forense, se entrega a través de la División de Identificación Criminalística el acceso al Software de Identificación Odontológica.
7.1.4 El personal especializado de la DIRTIC – PNP que se encarga de brindar soporte técnico, teniendo la responsabilidad de adoptar las medidas de seguridad con relación a la información almacenada en la base de datos del software, realizando auditorias; puesto que asume la actualización, modificación y mejora del Software de Identificación Odontológica Forense.
7.1.5 Los Departamentos Desconcentrados de Criminalística en Regiones y Frentes Policiales, mediante su personal perito odontólogo realiza fichas de identificación odontológica (odontogramas) de personas naturales incriminadas, detenidas, desaparecidas o fallecidas no identificadas con fines de identificación o de personas naturales no incriminadas que lo han requerido para viaje y/o uso en el extranjero y otros conforme a ley, los cuales son responsables del registro de las fichas y su ingreso en la base de datos del Software Odontológico Forense, teniendo acceso al sistema a través de la División de Identificación Criminalística.
TÉCNICA DE LLENADO PARA LA FICHA DE IDENTIFICACIÓN
ODONTOLÓGICA – FIO
A. TÉCNICA PARA EL LLENADO DE LAS FIO EN LA DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA Y EN LOS DEPARTAMENTOS DESCONCENTRADOS DE CRIMINALÍSTICA EN REGIONES Y FRENTES POLICIALES – PERSONAS VIVAS.
– El llenado de la ficha de identificación odontológica está a cargo del odontólogo (operador), quien utiliza los lapiceros azul y rojo de acuerdo con la Norma Técnica de Salud para Uso del Odontograma vigente.
– El llenado de la ficha de identificación odontológica inicia con los datos de filiación de la persona evaluada (incriminadas, detenidas, desaparecidas o personas naturales no incriminadas que lo han requerido para viaje y/o uso en el extranjero): el número de DNI, carnet de extranjería o de pasapórteos verificado por el odontólogo operador.
– Posteriormente, se utiliza el equipo diagnóstico y bajalengua para examinar el interior de la cavidad bucal y completar la información relacionada al tipo de oclusión, forma, características y tamaño de los dientes.
– Finalmente, se llena el odontograma de identificación, en el cual se registra los gráficos y nomenclaturas en color rojo y azul, las características anatómicas, morfológicas, patológicas, hallazgos en la cavidad bucal y de tratamiento. Asimismo, se escribe las especificaciones y observaciones de cualquier particularidad que el odontólogo haya observado en la evaluación.
– Los odontogramas deben tener el sello y firma del odontólogo, debiendo figurar su nombre completo, número de Carnet de Identificación policial (CIP) y número de colegiatura. Colegio Odontológico del Perú (COP).
– Las fichas de identificación odontológica se digitan posteriormente en el Software de identificación odontológica forense para su almacenamiento en su base de datos virtual.
– Por último, las fichas de identificación odontológica en físico se almacenan en al archivo central Odontológico de la DIRCRI PNP, de forma alfabética, cronológica y distribuidos según su clasificación para su fácil acceso en caso se requiera la búsqueda de ello.
B. TÉCNICA PARA EL LLENADO DE LAS FIO EN LA DIRECCIÓN DE CRIMINALISTICA Y EN LOS DEPARTAMENTOS DESCONCENTRADOS DE CRIMINALÍSTICA EN REGIONES Y FRENTES POLICIALES – EN CADÁVERES NN (FALLECIDAS NO
IDENTIFICADAS)
– El llenado de la ficha de identificación odontológica está a cargo del odontólogo (operador), quien utiliza los lapiceros azul y rojo de acuerdo con la Norma Técnica de Salud para Uso del Odontograma vigente.
– El llenado de la ficha de identificación odontológica inicia con los datos de fecha de ingreso, hora, sexo del cadáver NN (persona fallecida no identificada), N° de protocolo de necropsia; así como, los datos de la comisaria que realiza el internamiento del cuerpo al establecimiento, el responsable de los datos registrados en la FIO es el odontólogo operador.
– Luego, se utiliza el equipo diagnóstico, abre bocas y espejos oclusales para examinar el interior de la cavidad bucal y obtener la información relacionada al tipo de oclusión, forma, características y tamaño de los dientes.
– Posteriormente, se llena el odontograma de identificación, el cual se registra los gráficos y nomenclaturas en color rojo y azul, las características anatómicas, morfológicas, patológicas, hallazgos en la cavidad bucal y de tratamiento. Asimismo, se escribe las especificaciones y observaciones de cualquier particularidad que el odontólogo haya observado en la evaluación.
– Los odontogramas deben tener el sello y firma del odontólogo, debiendo figurar su nombre completo, número de Carnet de Identificación Policial (CIP) y número de colegiatura. Colegio Odontológico del Perú (COP).
– Las fichas de identificación odontológica se digitan posteriormente en el Software de identificación odontológica forense para su almacenamiento en su base de datos virtual.
– Por último, las fichas de identificación odontológica en físico se almacenan en al archivo central Odontológico de la DIRCRI PNP, de forma alfabética, cronológica y distribuidos según su clasificación para su fácil acceso en caso se requiera la búsqueda de ello.
C. TÉCNICA PARA EL LLENADO DE LAS FIO DE LA DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICIAL- (UNIEVMED DIRSAPOL)
-El llenado de la Ficha de Identificación Odontológica está a cargo del odontólogo quien fue nombrado para la confección de la ficha de evaluación médica anual (FEMA) de la Unidad de Evaluación Medica, quien utiliza los lapiceros azul y rojo de acuerdo con la Norma Técnica de Salud para Uso del Odontograma vigente.
-El llenado de los odontogramas inicia con los datos de filiación del personal policial evaluado; verificando su CIP y DNI por el odontólogo operador.
-Luego, se utiliza el equipo diagnóstico para examinar el interior de la cavidad bucal y obtener la información relacionada características anatómicas, morfológicas, patológicas y de tratamiento hallazgos en la cavidad bucal.
-Posteriormente, se llena el odontograma, el cual se registra los gráficos y nomenclaturas en color rojo y azul, de las características anatómicas, morfológicas, patológicas, hallazgos en la cavidad bucal y de tratamiento. Asimismo, se escribe en las especificaciones y observaciones de cualquier particularidad o signo que el odontólogo haya observado en la evaluación.
-Los odontogramas deben tener el sello y firma del odontólogo, debiendo figurar su nombre completo, número de Carnet de Identificación policial (CIP) y número de colegiatura. Colegio Odontológico del Perú (COP).
-Los odontogramas se digitan posteriormente en el Software de identificación odontológica forense para su almacenamiento en su base de datos virtual.
-Por último, los odontogramas en físico son remitidos de manera mensual (día 15 de cada mes) a la DIRCRI PNP para que sean almacenados en el archivo central de ésta dirección, el cual es almacenado en forma alfabética, cronológica y distribuidos por departamentos y provincias para su fácil acceso en caso se requiera la búsqueda de ello.
D. TÉCNICA PARA EL LLENADO DE LAS FIO EN OCN – INTERPOL
-El llenado de la ficha de identificación odontológica está a cargo del odontólogo (operador), quien utiliza los lapiceros azul y rojo de acuerdo con la Norma Técnica de Salud para Uso del Odontograma vigente.
-El llenado de la ficha de identificación odontológica inicia con los datos de filiación de la persona evaluada; el número de carnet de extranjería es verificado por el odontólogo operador.
-Luego, se utiliza el equipo diagnóstico para examinar el interior de la cavidad bucal y completar la información relacionada características anatómicas, morfológicas, patológicas y de tratamiento hallazgos en la cavidad bucal.
-Posteriormente, se llena el odontograma de identificación, el cual se registra los gráficos y nomenclaturas en color rojo y azul, las características anatómicas, morfológicas, patológicas y de tratamiento hallazgos en la cavidad bucal. Asimismo, se escribe las especificaciones y observaciones de cualquier particularidad o signo que el odontólogo haya observado en la evaluación.
-Los odontogramas deben tener el sello y firma del odontólogo, debiendo figurar su nombre completo, número de Carnet de Identificación policial (CIP) y número de colegiatura. Colegio Odontológico del Perú (COP).
-Las fichas de identificación odontológica se digitan posteriormente en el Software de identificación odontológica forense para su almacenamiento en su base de datos virtual.
-Por último, las fichas de identificación odontológica en físico se almacenan en al archivo central Odontológico de la DIRCRI PNP, de forma alfabética, cronológica y distribuidos según su procedencia para su fácil acceso en caso se requiera la búsqueda de ello.
7.2 PARA EL CONTROL DE LA ASISTENCIA TÉCNICA
7.2.1 La División de Identificación Criminalística por intermedio de su personal odontólogo se hace cargo de la asistencia técnica al personal odontólogo que labora en la DIRSAPOL (que participa en la formulación de las Fichas de Evaluación Médico Anual), en la OCN INTERPOL – Lima, en la Dirección de Criminalística – DIRCRI PNP y al personal que labora en los Departamentos Desconcentrados de Criminalística en Regiones y Frentes Policiales para el registro de las fichas de identificación odontológica (odontogramas) en la base de datos y el manejo del Software de Identificación Odontológico Forense.
7.3 PARA EL REGISTRO DE LAS FICHAS DE IDENTIFICACIÓN ODONTOLÓGICA FORENSE Y EL ALMACENAMIENTO EN LA BASE DE DATOS DEL SOFTWARE.
7.3.1 Para el acceso al software, es requisito ser Oficial o Suboficial de armas o servicios con título de Cirujano Dentista, contar con usuario y contraseña para ingreso al Sistema de Identificación Odontológico Forense.
7.3.2 Se ingresa a la página web y se registra el siguiente link: https://aplicaciones.pnp.gob.pe/PwldentalPNP/login.isp. en donde se procede a colocar el número de CIP, la clave Intranet, código captcha descrito en la pantalla y se hace clic en conectar.
7.3.3 Se procede a registrar los datos de la parte anterior de la ficha de identificación odontológica que corresponde a los datos de filiación según la procedencia en donde se haya realizado la evaluación al usuario haciendo clic en “nueva persona”.
7.3.4 Luego de guardar los datos mencionados, se registra en nuevo odontograma, las características anatómicas, patologías encontradas y de tratamiento contenidas en la ficha de identificación odontológica; así como, las observaciones registradas, que estén de acuerdo a la Norma Técnica de Salud para uso del odontograma, y finalmente se da clic en guardar.
7.3.5 El personal de la DIRTIC – PNP, se encarga de brindar soporte técnico, en la base de datos del Software de Identificación Odontológica Forense.
7.4 PARA EL CONTROL DE CALIDAD EN EL REGISTRO DE LAS FIO
7.4.1 El personal Odontólogo perteneciente a la División de Identificación Criminalística de la DIRCRI PNP, es responsable del control de calidad del registro de las fichas de identificación odontológica realizadas e ingresadas al sistema del Software de Identificación Odontológica Forense por el personal de la OCN INTERPOL – Lima, el personal de la DIRSAPOL (encargados de realizar las FEMA a nivel nacional), y del personal de la DIRCRI PNP, designando responsables encargados para el control de calidad, el cual se efectúa con DOS (02) controles al año.
7.5 PARA LAS UNIDADES POLICIALES QUE REALIZAN EXÁMENES PERICIALES ODONTOLÓGICOS.
7.5.1 La Dirección de Criminalística PNP a través de la División de Identificación Criminalística tiene la función de efectuar exámenes de identificación criminalística en todas sus especialidades, solicitados por el Poder Judicial, Ministerio Publico, órganos y unidades orgánicas de la Policía Nacional del Perú y otras entidades competentes a nivel nacional, emitiendo el respectivo peritaje oficial; así mismo, por intermedio de sus peritos odontólogos se encargan de elaborar los diferentes exámenes periciales referentes a la identificación odontológica de personas y cadáveres NN, estimación de edad, estimación de sexo, peritaje de lesiones estomatológicos, evaluación en caso de responsabilidad profesional odontológica, análisis de restos óseos (cráneo) y dentales, así como, la identificación de víctimas en desastres masivos.
EXÁMENES PERICIALES ODONTOLÓGICOS:
A. Identificación Odontológica
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
Solicitudes provenientes de las diferentes unidades policiales, entidades judiciales, asi como del Ministerio Público y Embajadas de diversos países; la cual indica que se practique examen pericial odontológico para identificación de personas o cadáveres NN (íntegro, carbonizado, mutilado y en avanzado estado de descomposición).
2. Evaluación Odontológica Forense
- En caso de personas: se realiza la evaluación Odontológica, confeccionando el odontograma, empleo de radiografías intraorales, modelos de estudio y tomas fotográficas, haciendo uso de la unidad dental, instrumentos y material odontológico para las evaluaciones mencionadas.
- En caso de cadáveres NN: se acude a la morgue o al lugar de los hechos donde se halla el cadáver, el cual puede presentarse de diferentes formas como: cadáver íntegro, cadáver carbonizado, cadáver en avanzado estado de descomposición y cadáver mutilado, se procede a realizar la evaluación de la cavidad oral a través del empleo del equipo de bioseguridad e instrumentos odontológicos para el manejo de estos cadáveres NN; asimismo, se realiza los procedimientos de toma radiográficas, modelos de estudio, y tomas fotográficas conjuntamente con la confección deodontograma para obtener muestras de estudio en el análisis.
3. Análisis de la información
Se procede a realizar el estudio y análisis de la muestra una vez obtenida en la evaluación odontológica, donde se realiza procedimientos de homologación y/o cotejos para establecer una identificación positiva de la persona o cadáver NN.
4. Informe pericial
El perito odontólogo es quien realiza el informe pericial detallando las técnicas y métodos empleados para llegar a una conclusión, en este documento se presentan evidencias fotográficas, radiográficas y demás muestras odontológicas halladas en la evaluación de personas y/o cadáveres NN, especificando los datos desde el ingreso de la solicitud, evaluaciones, análisis y conclusión de la pericia; esta conclusión va a ser descrita y fundamentada acorde a la Junta Americana de Odontología Forense (American Board of Forensic Odontology – ABFO), siendo el método más utilizado y actualizado en diferentes países del mundo para la Identificación Odontológica Forense, basándose en sus diferentes categorías y terminologías para la identificación del cuerpo siendo; la identificación positiva, posible identificación, evidencia insuficiente y la exclusión; asimismo, el perito Odontólogo que desarrolla las etapas de la Identificación es quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicio en la especialidad de Odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
B. Estimación de edad
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
Solicitudes provenientes de las diferentes unidades policiales, entidades judiciales, así como del Ministerio Público y Embajadas de diversos países; la cual indica que se practique examen de estimación de edad odontológica en personas detenidas, agraviadas e indocumentadas que sean subadultos (niños. adolescentes y jóvenes), intervenidas por diferentes actos delictivos o que se encuentren es estado de abandono.
2. Evaluación Odontológica Forense
Para personas en situación de detenido(a), agraviado(a) e indocumentado(a) en etapa subadulta (niños, adolescentes y jóvenes): En estos casos el manejo de la evaluación es la misma para todas las situaciones, realizándolo a una posición adecuada en la unidad dental, empleando los materiales de bioseguridad (guantes, mascarilla, gorros desechables), e instrumentos de equipo de diagnóstico (espejo bucal y explorador) para la evaluación propiamente dicha, con la utilización de radiografías periapicales y equipos de rayos X portátil que realiza tomas radiográficas; asimismo, se confecciona el odontograma de identificación y se hace las tomas fotográficas (frontal y laterales), todo ello para obtener una muestra de estudio.
3. Análisis de la información
Se procede a realizar el estudio y análisis de la muestra una vez obtenida en la evaluación odontológica, en la cual se realiza el proceso de revelado y el proceso de fijación de las radiografías periapicales para obtener las imágenes radiográficas y aplicar los diferentes métodos Odontológicos descritos en la literatura y la observación de las particularidades dentarias para obtener una estimación de edad odontológica.
4. Informe pericial
El perito odontólogo que realiza todas las etapas anteriormente mencionados es quien realiza el informe pericial detallando las técnicas y métodos empleados para llegar a una conclusión, en este documento se presentan evidencias fotográficas, radiográficas y demás muestras odontológicas halladas en la evaluación de las personas en situación de detenido(a), agraviado(a) e indocumentado(a), especificando los datos desde el ingreso de la solicitud, evaluaciones, análisis y conclusión de la pericia; esta conclusión va a ser descrita y fundamentada acorde a los métodos científicamente comprobados para la estimación de edad que se hallan en la literatura de la especialidad de odontología forense; asimismo, el perito Odontólogo que realiza las etapas de la estimación de edad es quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicio en la especialidad de Odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
C. Estimación de Sexo
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
Solicitudes provenientes de las diferentes unidades-policiales, entidades judiciales, asi como del Ministerio Público y Embajadas de diversos países; la cual indica que se practique examen de estimación de sexo en cadáveres mutilados y restos óseos
hallados.
2. Evaluación Odontológica Forense
Para cadáveres mutilados y restos óseos (cráneo, mandíbula) el abordaje del procedimiento en estos casos es realizar la evaluación del resto humano (cadáver mutilado) o resto óseo según sea la muestra, empleando el equipo de bioseguridad (guantes, mandilón, lentes, mascarilla, gorro, etc.), instrumental y material odontológico, dependiendo si la muestra presenta piezas dentarias se realiza el odontograma señalando las características y particularidades de estas, siguiendo la secuencia de tomas fotográficas para posteriormente hacer el análisis del estudio.
3. Análisis de la información
Se procede a realizar el estudio y análisis de la muestra una vez obtenida en la evaluación odontológica, en la cual se aplica los métodos de la Odontología Forense que son utilizados para los diferentes tipos de restos humanos y óseos, la cual logra la
estimación de sexo en la muestra.
4. Informe pericial
El perito odontólogo que realiza este procedimiento es quien detalla toda la información de los datos de la solicitud registrada, la evaluación odontológica, el análisis empleando los métodos de la odontología forense y la conclusión en el informe pericial; en este documento se presentan evidencias fotográficas de la muestra hallada en la evaluación de los casos cadáveres mutilados y restos óseos, debidamente fundamentada se concluye con la estimación de sexo; asimismo, es el perito odontólogo quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicio en la especialidad de Odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
D. Peritaje de lesiones estomatológicas
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
Solicitud proveniente de las diferentes unidades policiales, entidades judiciales, así como del Ministerio Público; la cual indica que se practique el examen pericial de peritaje de lesiones estomatológicas en personas y cadáveres.
2. Evaluación Odontológica Forense
En las personas se inicia la evaluación revisando a detalle los tejidos blandos del tercio inferior del rostro buscando algún tipo de lesión reciente (por proyectil de arma de fuego, por arma blanca, por violencia familiar, por suceso de tránsito, etc.), posteriormente se ingresa a la cavidad bucal para evaluar todas las estructuras que la conforman, siendo estas las estructuras dentales y óseas, también las mucosas, labios, paladar y frenillos. Se describe minuciosamente las características, forma, tamaño, color y ubicación según la anatomía topográfica de las lesiones observadas, para determinar el agente causante, la etiología, la data y la gravedad de las lesiones. De igual manera, se toman fotografías extraorales e intraorales con un testigo métrico, haciendo uso de instrumentos, material odontológico y la unidad dental, finalmente se realiza el registro fotográfico de lo encontrado con testigo métrico.
3. Análisis de la información
Se procede a realizar el estudio y análisis del registro escrito de las lesiones una vez se termina la evaluación odontológica; en los casos necesarios se evalúa las radiografías periapicales tomadas para el correcto diagnóstico de lesiones que comprometan tejido dental y óseo.
4. Informe pericial
El perito odontólogo es quien realiza el informe pericial detallando las técnicas y métodos empleados para llegar a una conclusión, en este documento se presentan evidencias fotográficas y radiográficas de las lesiones estomatológicas halladas en la persona evaluada; especificando los datos desde el ingreso de la solicitud, evaluaciones, análisis y conclusión de la pericia; el perito odontólogo que realiza las etapas del peritaje de lesiones estomatológicas es quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicios en la especialidad de odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
E. Evaluación en casos de responsabilidad profesional odontológica.
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
Solicitud proveniente de las diferentes unidades policiales y entidades judiciales; la cual indica que se practique el examen pericial de evaluación en casos de responsabilidad profesional odontológica.
2. Evaluación Odontológica Forense
– Evaluación de la persona: Se realiza la inspección clínica odontológica, revisando toda la cavidad oral y confeccionando el odontograma; asimismo, se toman fotografías y radiografías periapicales según el caso, haciendo uso de la unidad dental, instrumentos y material odontológico.
– Evaluación de la documentación: Se recibe la muestra constituida por la historia clínica, recetas, radiografías, modelos de estudio, etc. cumpliendo con la cadena de custodia correspondiente.
3. Análisis de la información
Se procede a realizar el estudio y análisis de la muestra que nos permite emitir una opinión sobre actos odontológicos cuestionados.
4. Informe pericial
El perito odontólogo es quien realiza el informe pericial detallando las técnicas y métodos empleados para llegar a una conclusión, en este documento se presentan evidencias fotográficas, radiográficas y demás muestras odontológicas. Se especifican los datos desde el ingreso de la solicitud, evaluaciones, análisis y conclusión de la pericia: asimismo, el perito odontólogo que realiza las etapas de casos de responsabilidad profesional es quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicios en la especialidad de odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
F. Análisis de restos óseos y dentales
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
Solicitudes provenientes de las diferentes unidades policiales, entidades judiciales, así como del Ministerio Público y Embajadas de diversos países; la cual indica que se practique el examen pericial odontológico de análisis de restos óseos y dentales.
2. Evaluación Odontológica Forense
-Evaluación odontológica forense de restos óseos en el exterior: Cuando a mérito de una solicitud telefónica o un oficio, el perito odontólogo junto al perito antropólogo se dirigen al lugar de los hechos para el levantamiento de los restos o la obtención de la muestra. Esta muestra, se describe en presencia del representante del Ministerio Público, es él quien decide qué entidad realiza los estudios finales correspondientes.
-Evaluación odontológica forense de restos óseos en el laboratorio: Se recibe la muestra de estudio con su debida cadena de custodia; la muestra puede estar conformada por un cráneo, mandíbula o fragmentos óseos del cráneo y piezas dentales. El perito odontólogo realiza la evaluación odontológica, con la finalidad de determinar: especie, sexo, edad odontológica y otras particularidades identificatorias que sean de interés criminalístico. Se confecciona el odontograma, y de ser necesario se toman radiografías periapicales, haciendo uso de instrumentos y material
odontológico para las evaluaciones mencionadas. Se realiza el registro fotográfico de lo muestra con testigo métrico.
3. Análisis de la información
Se procede a realizar el estudio y análisis de la muestra una vez obtenida en la evaluación odontológica. El análisis de los restos óseos y/o dentales sirve para reducir el universo de estudio para el proceso de identificación. En algunas ocasiones se hacen coordinaciones con otras especialidades forenses como: patología forense y balística forense.
4. Informe pericial
El perito odontólogo es quien realiza el informe pericial detallando las técnicas y métodos empleados para llegar a una conclusión, en este documento se presentan evidencias fotográficas, radiográficas y demás muestras odontológicas halladas en la evaluación de los restos óseos y dentales especificando los datos desde el ingreso de la solicitud, evaluaciones, análisis y conclusión de la pericia. El perito odontólogo encargado es quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicios en la especialidad de Odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
G. Identificación de víctimas en casos de desastres masivos
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
-Solicitud proveniente de las diferentes unidades policiales, entidades judiciales, así como del Ministerio Público y Embajadas de diversos países; la cual indica que se practique examen pericial odontológico para identificación de cadáveres en casos de desastres masivos.
2. Evaluación Odontológica Forense
-En caso de desastres masivos el trabajo es multidisciplinario y requiere de coordinaciones previas, tales como; reunión de peritos de identificación (antropólogo, dactiloscópico, biólogo) para entender el tipo de abordaje a realizar y mantener el orden durante la evaluación de los cadáveres NN. Una vez en la morgue o lugar de los hechos, se procede a realizar la evaluación de la cavidad oral a través del empleo del equipo de bioseguridad e instrumentos odontológicos; asimismo, se realiza los procedimientos de toma radiográficas, modelos de estudio y tomas fotográficas conjuntamente con la confección del odontograma.
3. Análisis de la información
-Se procede a realizar el estudio y análisis de la muestra una vez obtenida en la evaluación odontológica. En caso de accidentes aéreos o terrestres, se recopila la lista de pasajeros y/o la información antemortem que puedan brindar los posibles familiares. Asimismo, se oficia a los centros médicos, hospitales y/o consultorios dentales con la finalidad de que remitan la información antemortem detallada en la historia clínica de la persona desaparecida. Finalmente, se realizan la homologación y/o cotejo de los datos antemortem y postmortem para establecer una identificación positiva de los cadáveres NN.
4. Informe pericial
– El perito odontólogo es quien realiza el informe pericial detallando las técnicas y métodos empleados para llegar a una conclusión, en este documento se presentan evidencias fotográficas, radiográficas y demás muestras odontológicas halladas en la evaluación de cadáveres NN, especificando los datos desde el ingreso de la solicitud, evaluaciones, análisis y conclusión de la pericia; esta conclusión va a ser descrita y fundamentada acorde a la Junta Americana de Odontología Forense (American Board of Forensic Odontology – ABFO), basándose en sus diferentes categorías y terminologías para la identificación del cuerpo siendo: la identificación positiva, posible identificación, evidencia insuficiente y la exclusión; asimismo, el perito Odontólogo que realiza las etapas de identificación de victimas en casos de desastres es quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicio en la especialidad de Odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
H. Odontoscopia
Etapas:
1. Recepción de la solicitud
Solicitud proveniente de las diferentes unidades policiales, entidades judiciales, asi como del Ministerio Público; la cual indica que se practique el examen pericial de Odontoscopia en personas o cadáveres.
2. Evaluación Odontológica Forense
– Se ubica al evaluado que tiene la lesión, en el sillón dental y se procede a tomar fotografías panorámicas y de detalle en el área donde se encuentra las marcas de mordedura, siempre con el uso del testigo métrico en cada toma fotográfica. Se continua con la descripción de la lesión, tomando nota de la ubicación, tamaño, forma, color y cualquier característica que pueda ayudar a una posible identificación, siendo lo más preciso y detallista posible.
– Se continua con la evaluación de la persona que presuntamente realizó la lesión y se le ubica en el sillón dental y se procede a tomar fotografías panorámicas del evaluado y de detalle en los dientes en oclusión, de frente y de lado derecho e izquierdo, también oclusales con la ayuda de un espejo oclusal y de cualquier característica individualizante. Se continua con la confección del odontograma según la norma técnica de salud vigente y la toma de impresión de ambas arcadas dentales para obtener modelos de estudio en yeso.
3. Análisis de la información
Se procede a realizar el estudio de la lesión, determinando si pertenece a una mordedura humana y haciendo distinción con otro agente causal. También se analiza los modelos de estudio para determinar si esa persona pudo realizar las marcas de mordedura previamente examinadas.
4. Informe pericial
El perito odontólogo es quien realiza el informe pericial detallando las técnicas y métodos empleados para llegar a una conclusión, en este documento se presentan evidencias fotográficas y radiográficas de las lesiones por marcas de mordedura halladas en la persona evaluada; especificando los datos desde el ingreso de la solicitud, evaluaciones, análisis y conclusión de la pericia; el perito odontólogo que realiza las etapas del examen de Odontoscopia es quien firma el informe pericial, con visto bueno de un oficial de servicios en la especialidad de odontología, el cual debe ser remitido a través de un oficio a la unidad solicitante.
7.5.2 Los departamentos desconcentrados de Criminalística en Regiones y Frentes Policiales y de acuerdo al nivel de categorización donde cuente con personal Odontólogo, es dicho profesional quien está facultado para elaborar los diferentes exámenes periciales referentes a la identificación odontológica de personas y cadáveres NN, estimación de edad, estimación de sexo, peritaje de lesiones estomatológicos, evaluación en caso de responsabilidad odontológica, análisis de restos óseos (cráneo) y dentales, asi como la identificación de víctimas en desastres masivos; siguiendo las etapas para cada examen pericial odontológico descritos en el punto anterior que realiza la Dirección de Criminalística PNP, el odontólogo efectúa estos exámenes previa capacitación sustentada institucional o extrainstitucional en relación a la Odontología Forense; asimismo es la DIRCRI PNP quien supervisa y controla a los departamentos desconcentrados de Criminalística con respecto a su estadística de producción de pericias odontológicas, debiendo remitir dicha información de forma mensual a la División de Identificación Criminalística de la DIRCRI PNP para su conservar en su base de datos.
7.6 PARA LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LAS ACTIVIDADES INFORMÁTICAS Y TECNOLÓGICAS DEL SOFTWARE DE IDENTIFICACIÓN ODONTOLÓGICO FORENSE.
7.6.1 La Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú a través de la División de Informática o por quien corresponda, es el responsable de brindar el soporte técnico al sistema informático, adoptando las medidas de seguridad correspondientes a la información almacenada: asimismo, se encarga de administrar y supervisar el software garantizando el correcto uso del mismo en el marco de la normatividad vigente; de tal manera, mantiene actualizado y disponible este sistema de información (Software de identificación odontológico forense), controlando el normal funcionamiento, realizando las modificaciones pertinentes y asegurando su permanente operatividad del servicio y acceso a la base de datos por lo que está facultado de realizar auditorías del mismo. De igual forma, la DIRTIC PNP en su calidad de Super administrador (Super usuario) del sistema informático, habilita un usuario administrador al personal encargado de la DIRCRI PNP, quienes tienen la funcionalidad de la habilitación y administración de los usuarios creados para cada odontólogo responsable del registro de la información.
7.7 PARA LA AUTORIZACIÓN SOBRE LA ASIGNACIÓN DE USUARIOS Y CLAVES DEL SOFTWARE DE IDENTIFICACIÓN ODONTOLÓGICA FORENSE.
7.7.1 La División de Identificación Criminalística de la DIRCRI PNP a través de su personal Odontólogo es único responsable de la asignación de usuarios y claves para el personal odontólogo que va a realizar el registro de las FIO en el software de identificación odontológico forense, dando su conformidad del personal odontólogo de las diferentes unidades policiales comprometidas que tengan la facultad para el acceso al Software; por lo tanto, el personal odontólogo de la DIVIDCRI PNP previa apreciación, autoriza por intermedio de una relación de personal a los profesionales que les corresponda tener acceso al ingreso del Software Odontológico Forense.
VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
8.1 En un plazo de 90 NOVENTA días calendario una vez se apruebe la presente directiva mediante Resolución de Comandancia General, la DIRTIC PNP implementa nuevos campos en la plataforma del Software de Identificación Odontológica Forense conforme a las actualizaciones de la Norma Técnica de Salud para uso del Odontograma; la DIRCRI PNP hace de conocimiento a la DIRTIC PNP para que se actualice y/o modifique dicha plataforma; el cual es de utilidad para el ingreso de la información que obra en la Ficha de Identificación Odontológica conteniendo el registro de las características halladas en la cavidad bucal.
8.2 En un plazo de 180 CIENTO OCHENTA días calendarios luego de aprobarse la presente directiva, el personal de peritos odontólogos de la División de Identificación Criminalística de la DIRCRI PNP brinda asistencia técnica para el manejo, registro y control del Software de Identificación Odontológica Forense al personal de la OCN – INTERPOL Lima y DIRSAPOL PNP de la Región de Lima y Callao, y demás provincias a nivel nacional, asi como a los departamentos desconcentrados de Criminalística en Regiones y Frentes Policiales que confeccionen la Ficha de Identificación Odontológica acorde a la norma vigente, y conforme a la norma técnica de salud para uso del odontograma presente.
8.3 En un plazo de 90 NOVENTA días calendario, la DIRCRI PNP a través de su personal Odontólogo de la División de Identificación Criminalística formula la Guía práctica para el manejo del Software de Identificación Odontológico Forense, el cual permite conocer el sistema y el modo de utilización para el correcto registro de las fichas de identificación odontológica que desarrollan las diferentes unidades policiales.
8.4 La DIRCRI PNP a través de la División de Identificación Criminalística gestiona la inclusión de la información del Software de Identificación Odontológico Forense a los cursos de capacitación y especialización en Odontología Forense que se imparten en la DIRCRI PNP en coordinación con la Dirección de Educación y Doctrina DIREDDOC PNP; así como, la actualización sobre la Norma técnica de Salud para Uso del Odontograma vigente que permita su correcto registro. Asimismo, solicita la reasignación del personal odontólogo que realiza el curso de capacitación o especialización para su conformación en la División de Identificación Criminalística en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos DIREHUM PNP.
8.5 Las Unidades Ejecutoras a nivel nacional abastecen el material, instrumental y equipamiento necesarios a las unidades PNP comprometidas en la presente directiva quienes gestionan regularizando de manera específica la adquisición, de la Ficha de Identificación Odontológica para su correcto desempeño en sus labores diarias.
IX. VIGENCIA
La presente directiva entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el portal Web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera de la Policía Nacional del Perú, a cargo de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú y en la Página web de la Policía Nacional del Perú.
X. ANEXOS
10.1 ANEXO I: Glosario de Términos.
10.2 ANEXO II: Formato de Ficha de Identificación Odontológica para FEMA.
10.3 ANEXO III: Formato de Ficha de Identificación Odontológica para OCN INTERPOL.
10.4 ANEXO IV: Formato de Ficha de Identificación Odontológica para la DIRCRI PNP y los Departamentos Desconcentrados de Criminalística en Regiones y Frentes Policiales en Personas vivas.
10.5 ANEXO V: Formato de Ficha de Identificación Odontológica para la DIRCRI PNP y los Departamentos Desconcentrados de Criminalística en Regiones y Frentes Policiales en
Cadáveres NN).
ANEXO I
GLOSARIO DE TÉRMINOS
1. ANATOMÍA TOPOGRAFICA: Es la disciplina de la anatomía que divide el cuerpo humano en zonas o regiones anatómicas para facilitar su estudio, apreciando sobre todo las relaciones, topografía y contenidos de cada una.
2. CADÁVER NN: El nombre de NN, proviene del latín Nomen nescio, que significa desconozco el nombre, este término se utiliza para las personas que se han encontrado muertas en fosas comunes, o en alguna otra parte del territorio, y aun habiéndoles practicado exámenes de recolección de ADN, muestras de sangre, saliva, orina, semen, heces fecales y cabellos no se ha podido determinar su procedencia.
3. CADÁVER CARBONIZADO: Proceso que tiene lugar en un cadáver humano, en el que su materia orgánica se ha transformado parcial o totalmente en carbón por efecto del fuego.
4. CADÁVER ÍNTEGRO: La incorruptibilidad es la propiedad de un cadáver (generalmente humano) de no descomponerse tras la muerte, aun sin ser embalsamado o preservado de forma alguna.
5. CADÁVER MUTILADO: Es la fragmentación intencional de un cadáver realizada por varios motivos, cercenando o cortando una parte del cuerpo.
6. CADÁVER EN AVANZADO ESTADO DE DESCOMPOSICIÓN: La descomposición del cuerpo es causada por factores como la putrefacción siendo la ruptura de los tejidos por bacterias, los tejidos blandos se han descompuesto casi por completo y el cuerpo comienza a esqueletizarse.
7. CAVIDAD BUCAL: Se refiere a la boca que consta de los labios, el revestimiento interno de las mejillas y los labios, las dos terceras partes delanteras de la lengua, las encías superiores e inferiores, el piso de la boca (debajo de la lengua), el paladar duro (techo de la boca formado por hueso) y el espacio pequeño detrás de las muelas del juicio.
8. FICHA DE IDENTIFICACIÓN ODONTOLÓGICA: Es un documento que te permite registrar datos odontológicos personales, con el fin de documentar el historial clínico de un paciente y los tratamientos que has realizado para cada uno de ellos, contiene datos de filiación y el odontograma, y esta ficha es anexada a la historia clínica odontológica.
9. FICHA DE EVALUACIÓN MÉDICO ANUAL: Es un tipo de documento en el que se registran datos e información relevante sobre la salud del personal perteneciente a la Policía Nacional de la Perú, el cual se realiza una vez al año, comprendiendo diferentes especialidades de la medicina.
10. HOMOLOGACIÓN: Equiparar, poner en relación de igualdad dos cosas; por ejemplo, en el ámbito de la odontología forense cuando se realiza el cotejo de una prueba antemortem con una prueba postmortem.
11. LUGAR DE LOS HECHOS: es el espacio físico en el que se ha producido un acontecimiento susceptible de una investigación científica criminal con el propósito de establecer su naturaleza y quiénes intervinieron. Será considerado potencial ESCENA DEL CRIMEN hasta que se determine lo contrario.
12. NOMENCLATURA: Conjunto de términos o palabras propias utilizadas en una ciencia, técnica, o especialidad, o por un autor. Conjunto de las voces técnicas propias de una disciplina.
13. NORMA TÉCNICA DE SALUD: Una norma técnica es un documento que establece, por consenso, y con la aprobación de un organismo reconocido, las condiciones mínimas que debe reunir un producto, proceso o servicio, para que sirva al uso al que está destinado. Es el Documento Normativo de mayor jerarquía que emite el Ministerio de Salud, que regula los diferentes ámbitos de la Salud Pública, incluyendo la prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, y otros aspectos sanitarios, en el marco de las funciones y competencias rectoras de la ANS.
14. ODONTOGRAMA: Es un instrumento diseñado para identificar el estado de cada diente, que permite a los profesionales de la odontología establecer diagnósticos, planes de tratamiento y evaluar la evolución de sus casos.
15. ODONTOLOGÍA FORENSE: Rama de la odontología que se trata del manejo y el examen adecuados de la evidencia dental y de la valoración y presentación apropiadas de los hallazgos dentales en interés de la justicia. Estudia las características de las piezas dentales, y elabora moldes y fórmulas dentarias con el objeto de identificar a personas. Es la aplicación de los conocimientos odontológicos como coadyuvante en la resolución de los problemas que plantea la Administración de Justicia.
16. PERITO ODONTÓLOGO: Es un experto profesional, que realiza procedimientos odontológicos forenses, como identificación de personas, estimación de edad, determinación de lesiones y mala praxis, entre otros exámenes de acuerdo a la especialidad en competencia, e incluso evalúa y examina pruebas dentales de cara a un procedimiento judicial, emitiendo un informe pericial estomatológico.
17. RADIOGRAFÍA PERIAPICAL: Una radiografía periapical forma parte de las denominadas radiografías intraorales. Se realizan mediante la colocación de placas radiológicas de diferente tamaño con el fin de obtener imágenes completas de uno o dos dientes y estudiarlos en su totalidad: ápice, corona, raíz, tejido óseo y espacio periodontal.
18. REGISTRO: Documento donde se relacionan ciertos acontecimientos o cosas; especialmente aquellos que deben constar permanentemente de forma oficial. Es un documento u otra entidad física o electrónica de una organización que sirve como evidencia de una actividad o transacción realizada por la organización y que requiere retención durante un período de tiempo.
19. SOFTWARE: Es un término informático que hace referencia a un programa o conjunto de programas de cómputo, así como datos, procedimientos y pautas que permiten realizar distintas tareas en un sistema informático. El desarrollo de software se refiere a un conjunto de actividades informáticas dedicadas al proceso de creación, diseño, despliegue y compatibilidad de software. El software en sí es el conjunto de instrucciones o programas que le dicen a una computadora qué hacer.
20. SUBADULTOS: Individuo que no ha alcanzado la madurez sexual y por lo tanto aún no ha procreado.




