[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 27MAY2025, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA 015–2025; como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
Lee más:
- Artículo 198. División de Investigación de Lavado de Activos provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
- Artículo 197. División de Investigación de Lavado de Activos provenientes del Terrorismo.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
- Artículo 196. División de Investigación de Lavado de Activos provenientes del Crimen Organizado.- Reglamento de la Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]

Sistema Policial de investigación de Lavado de Activos

BASE LEGAL:
- Directiva N° 03-13-2018-DIRGEN PNP/DIRNIC-DIRILA-B (RD. N° 250-2018-DIRGEN/DIRCOAS-PNP. DE 07JUL2018), «Normas y Procedimientos que regula el Sistema Policial de Investigación de lavado de activos, procedentes de la delincuencia común, crimen organizado y del financiamiento del terrorismo.» [Clic aquí]
SISTEMA POLICIAL DE INVESTIGACIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE REGULA EL SISTEMA POLICIAL DE INVESTIGACIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, PROCEDENTES DE LA DELINCUENCIA COMÚN, CRIMEN ORGANIZADO Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO”
VI. DISPOSICIONES GENERALES
6.1. SISTEMA DE INVESTIGACIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ (SINLA PNP)
El Sistema Policial de Investigación de Lavado de Activos de la Policía Nacional del Perú (SINLA PNP) está conformado por el conjunto de Unidades Orgánicas Especializadas a nivel nacional, integradas funcionalmente, cuya misión es prevenir, detectar, investigar y denunciar los actos de lavado de activos procedentes de la delincuencia común y del crimen organizado, el financiamiento del terrorismo y generar e investigar procesos por pérdida de dominio, contemplados en la normatividad especializada.
6.2. ÓRGANO RECTOR
6.2.1. Está constituido por la Dirección de Investigación de Lavado de Activos de la Policía Nacional del Perú (DIRILA PNP), es el órgano de carácter sistémico, especializado, técnico normativo, operativo; responsable de prevenir, detectar, investigar y combatir los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y en los procesos por pérdida de dominio; actúa en el marco de la Constitución Política del Perú y la ley.
6.2.2. Son funciones:
6.2.2.1 Conducir el Sistema de Investigación de Lavado de Activos de la Policía Nacional del Perú a nivel nacional, a través de las directivas y disposiciones de carácter especializado que dicte a todos los órganos componentes del sistema.
6.2.2.2 Planificar y organizar el Sistema de Investigación de la Lavado de Activos, a través de la elaboración y ejecución de un Plan Estratégico orientado a fortalecer y consolidar el sistema, con la finalidad de prevenir, detectar, investigar y combatir eficazmente los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y en los procesos de pérdida de dominio.
6.2.2.3 Establecer normas y/o directivas de carácter técnico-normativo y operativo en el ámbito de su competencia, para la evaluación y aprobación del Comando Institucional.
6.2.2.4 Difundir la doctrina de lavado de activos, del financiamiento del terrorismo y de la pérdida de dominio a las Unidades Orgánicas Especializadas integrantes del SINLA PNP.
6.2.2.5 Diseñar y formular los perfiles del personal policial encargado de la investigación de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y en los procesos de pérdida de dominio.
6.3. ESTRUCTURA DEL SISTEMA POLICIAL DE INVESTIGACIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS PNP
La DIRILA PNP cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas Especializadas:
6.3.1 División de Investigación de Lavado de Activos Provenientes de Delitos Comunes.
6.3.2 División de Investigación de Lavado de Activos Provenientes del Crimen Organizado.
6.3.3 División de Investigación de Lavado de Activos Provenientes del Terrorismo.
6.3.4 División de Investigación de Lavado de Activos Provenientes del Tráfico ilícito de Drogas.
6.3.5 División de Inteligencia Contra el Lavado de Activos.
[CONTINÚA…]




