Carga de la prueba en el enriquecimiento ilícito le corresponde al Ministerio Público acreditar el desbalance generado durante el periodo en el cargo [Pleno Jurisdiccional de Lima, 2008]

|Cortes Superiores| Mediante Pleno Jurisdiccional Nacional Penal, de fecha 21JUN2008, se abordó el tema de «Carga de la prueba en el enriquecimiento ilícito le corresponde al Ministerio Público acreditar el desbalance generado durante el periodo en el cargo» ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


Lee también:

CONCLUSIONES DEL PLENO JURISDICCIONAL NACIONAL PENAL

La Comisión de Actos Preparatorios del Pleno Jurisdiccional Regional Penal con sede en Lima, conformada por los señores Magistrados: Doctora Elvia Barrios Alvarado, Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima; Doctor Iván Sequeiros Vargas, Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, Doctor Ruben Duran Huaringa Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Doctor Heraclio Munive Olivera Vocal de la Corte Superior de Justicia de Junin, Doctor Carlos Escobar Antezano Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima; dejan constancia que luego de llevado a cabo el debate de cada uno de los temas sometidos al Pleno, los señores Magistrados Participantes provenientes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cañete, Callao, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, Lambayeque, La Libertad, Lima, Lima Norte, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, Piura, Del Santa, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali, han arribado a las conclusiones que se exponen a continuación:

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

[…]

TEMA II

ENRIQUECIMIENTO ILICITO

1. ¿Para la determinación del tipo penal de enriquecimiento ilícito, es necesaria la existencia de una relación causal entre el enriquecimiento y la posición nacional del funcionario público?

Ponencia 1.- Si es necesaria la configuración de una relación de causalidad, toda vez que por la naturaleza del ilícito, el funcionario debe haber hecho uso de su cargo para incrementar ilícitamente su patrimonio.

Ponencia 2.- No es necesaria la determinación de una relación causal entre el resultado (enriquecimiento) y el cargo desempeñado por el funcionario público bastando con establecer la condición de funcionario en el período del enriquecimiento?[sic]

1. VOTACIÓN: Acto seguido, la señora Presidenta de la Comisión invitó a los señores Vocales Superiores Participantes a emitir su voto respecto a cada una de las posiciones antes descritas, siendo el resultado el siguiente:

      • Por la posición número uno: Total 57 votos.
      • Por la posición número dos: Total 07 votos.
      • Abstenciones: 01 votos.

2. CONCLUSION PLENARIA: 

CONCLUSIÓN PLENARIA RELEVANTE:

Por MAYORIA el Pleno acuerda la posición número uno que enuncia lo siguiente:

Si es necesaria la configuración de una relación de causalidad toda vez que por la naturaleza del ilícito, el funcionario debe haber hecho uso de su cargo para incrementar ilícitamente su patrimonio.

2. ¿Quién tiene la carga de la prueba en la determinación de la existencia o no de un enriquecimiento ilícito?

Ponencia 1. El Ministerio Público debe probar que el funcionario público se ha enriquecido ilícitamente, en el periodo que tuvo dicha condición.

Ponencia 2.- El enriquecimiento ilícito es un delito de no justificación, por lo que el imputado debe justificar razonablemente la relación entre sus ingresos y egresos.

1. VOTACIÓN: Acto seguido, la señora Presidenta de la Comisión invitó a los señores Vocales Superiores Participantes a emitir su voto respecto a cada una de las posiciones antes descritas, siendo e! resultado el siguiente:

      • Por la posición número uno: Total 57 votos.
      • Por la posición número dos: Total 07 votos.
      • Abstenciones: 01 votos.

2. CONCLUSION PLENARIA:

CONCLUSIÓN PLENARIA RELEVANTE:

Por MAYORIA el pleno acuerda la posición número uno que enuncia lo siguiente: El Ministerio Público debe probar que el funcionario público se ha enriquecido ilícitamente, en el periodo que tuvo dicha condición.

[Continúa…]

⇒DESCARGA AQUÍ⇐ «Carga de la prueba en el enriquecimiento ilícito le corresponde al Ministerio Público acreditar el desbalance generado durante el periodo en el cargo [Pleno Jurisdiccional Nacional Penal en Lima, 2008]»

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete