Artículo 6 del TUO del Reglamento Nacional de Tránsito. Competencias de las municipalidades distritales

[Tránsito y transporte] En virtud del DS 016-2009-MTC, se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 6. COMPETENCIAS DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES.


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TÍTULO II

AUTORIDADES COMPETENTES

ARTÍCULO 6. COMPETENCIAS DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES

Art. 6

Las Municipalidades Distritales en materia de tránsito terrestre, ejercen funciones de gestión y fiscalización, en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia con las disposiciones que emita la Municipalidad Provincial respectiva y las previstas en el presente Reglamento.

En materia de vialidad, la instalación, mantenimiento y renovación de los sistemas de señalización de tránsito en su jurisdicción, conforme al Reglamento correspondiente.

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