Artículo 20 del Reglamento de la Ley 30714.- Del cargo y nombramiento del Inspector Macro Regional, Inspector Descentralizado y Jefe de la Oficina de Disciplina

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 20. Del cargo y nombramiento del Inspector Macro Regional, Inspector Descentralizado y Jefe de la Oficina de Disciplina.


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Artículo 20 del Título Preliminar del Reglamento de la Ley 30714.- Del cargo y nombramiento del Inspector Macro Regional, Inspector Descentralizado y

TÍTULO II

SISTEMA DISCIPLINARIO POLICIAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 20. DEL CARGO Y NOMBRAMIENTO DEL INSPECTOR MACRO REGIONAL, INSPECTOR DESCENTRALIZADO Y JEFE DE LA OFICINA DE DISCIPLINA   

Art. 20

20.1. El cargo de Inspector Macro Regional, Inspector Descentralizado y Jefe de la Oficina de Disciplina de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú recae en un Coronel de Armas, y el cargo del Jefe de la Oficina de Disciplina de las Direcciones, Regiones Policiales, Frentes Policiales o Divisiones Policiales recae en un oficial superior de armas.

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20.2 El nombramiento de los titulares de dichos órganos se realiza a través de resolución de asignación o documento de reasignación de cargos.

20.3 El nombramiento de los suplentes se realiza a través de resolución del Inspector General de la Policía Nacional del Perú, en orden de antigüedad de los oficiales superiores de armas de la demarcación territorial de competencia del órgano disciplinario.

20.4 La asignación o reasignación del cargo de Inspector Macro Regional, Inspector Descentralizado y Jefe de la Oficina de Disciplina se realiza en estricto orden de antigüedad, bajo responsabilidad funcional.

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • Principio de congruencia y motivación en sede administrativa: «Implica, por un lado, que el juzgador no puede ir más allá del petitorio ni fundar su decisión en hechos diversos de los que han sido alegados por las partes; y, por otro, la obligación de pronunciarse sobre todos los puntos controvertidos establecidos en el procedimiento, y todas las alegaciones de las partes en sus actos postulatorios y en sus medios impugnatorios». Resolución 185-2025-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=32990

LEGISLACIÓN POLICIAL

RESOLUCIONES

  • «Cuadro de organización y cuadro de personal de oficiales de la PNP como instrumentos de gestión administrativa para la asignación de cargos en la institución Policial». RCG 1070-2025-CG PNP/SECEJE-DIRREHUM. Clic aquí: https://jurispol.pe/keyl
  • «Asignan cargos para Oficiales Subalternos de armas y de servicios de la PNP para el 2026». RCG 1079-2025 CG PNP- SECEJE-DIRREHUM. Clic aquí: https://jurispol.pe/26dl 
  • «Cuadro de asignación de cargos de oficiales superiores de armas y de servicios de la PNP para el 2026». RM 2491-2025-IN. Clic aquí: https://jurispol.pe/w3qd
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