Artículo 59 de la Ley 30714. Actos inimpugnables

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 59. ACTOS INIMPUGNABLES. 


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Artículo 59 de la Ley 30714. ACTOS INIMPUGNABLES

TÍTULO IV
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 59. ACTOS INIMPUGNABLES

Art. 59

Son actos inimpugnables administrativamente los siguientes:

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1) La resolución o disposición superior que dispone acciones preliminares.

2) La resolución de levantamiento de la medida preventiva.

3) La resolución de inicio del procedimiento administrativo-disciplinario.

4) Las resoluciones que agotan la vía administrativa.

5) Las resoluciones que resuelvan incidentes o pretensiones planteadas por el investigado o denunciante, antes de la conclusión del procedimiento administrativo-disciplinario.

6) Los dictámenes, actas, informes administrativos, partes disciplinarios, notificaciones mediante órdenes telefónicas, citaciones, constancias y cualquier otro documento de mero trámite que se produzcan en el procedimiento administrativo-disciplinario, así como los demás señalados en el reglamento de la presente ley.

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • «Motivación del auto apertura de investigación». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 8. Clic aquí: https://jurispol.pe/nwe3
  • «Procedimiento para el levantamiento o declaración de caducidad de las medidas preventivas». Acuerdo de Sala Plena 2016. Acuerdo 5. Clic aquí: https://jurispol.pe/b8aj
  • «Precisiones sobre la realización de acciones previas». Acuerdo de Sala Plena 2022. Tema 3. Clic aquí: https://jurispol.pe/v77j
  • Vulneración al debido procedimiento en la aplicación de las medidas preventivas: «Nulidad de la resolución de suspensión temporal de servicio por conducción en estado de ebriedad, al no motivarse cuáles son los medios probatorios que corroboran que existió detención policial en flagrancia». Resolución 031-2019-IN/TDP/1S. Clic aquí: https://jurispol.pe/4hl6

LEGISLACIÓN POLICIAL

  • «Directiva que establece lineamientos aplicables para las medidas preventivas impuestas en los procedimientos administrativos disciplinarios». Directiva 14-2025-COMGEN/IGPNP-DIRINV. Clic aquí: https://jurispol.pe/t9r4
  • «Directiva para la atención, evaluación, calificación y admisión de denuncias de competencia administrativa disciplinaria». Directiva 18-2025-COMGEN/IGPNP-DIRINV. Clic aquí: https://jurispol.pe/o9v0
  • «Directiva que establece lineamientos para las notificaciones y citaciones en el marco del régimen disciplinario policial». Directiva 28-2025-COMGEN/IGPNP-DIRINV. Clic aquí: https://jurispol.pe/ssxm
  • «Inicio de Procedimiento Administrativo Disciplinario». Cartilla Temática PNP 022-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/bpet
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