Cartilla temática 022-2025: Inicio de Procedimiento Administrativo Disciplinario

[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 26NOV2025, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA 022–2025; como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


«Cartilla temática 022-2025 – Inicio de Procedimiento Administrativo Disciplinario».

Inicio de Procedimiento Administrativo Disciplinario

Cartilla temática 022-2025 Inicio de Procedimiento Administrativo Disciplinario

BASE LEGAL:

  • RCG N°721-2025-CG PNP/SECEIE-DIRASJUR, Directiva N° 17-2025-COMGEN PNP/SECEJE/DIRASJUR.

INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO DERIVADO DEL USO DE LA FUERZA

1. RCG. N° 721-2025-CG PNP/SECEJEDIRASJUR, DIRECTIVA N°17-2025-COMGEN PNP/SECEJE/DIRASJUR

VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

7.1 LINEAMIENTOS PARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO

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7.1.1. El procedimiento administrativo disciplinario se inicia al contar con elementos de convicción suficientes que permitan acreditar la responsabilidad del efectivo policial en la comisión de una infracción administrativa disciplinaria, debiendo tenerse en cuenta lo siguiente:

7.1.1.1. Evidencia Material o Testimonial:

Informes detallados del efectivo policial implicado y de los demás agentes involucrados en el incidente.

Testimonios de testigos presenciales que corroboren que el uso de la fuerza fue desproporcionado o injustificado.

Grabaciones y videos que documenten la intervención y el uso de la fuerza.

Informes médicos que certifiquen lesiones o daños psíquicos como consecuencia del uso arbitrario de la fuerza. Otras pruebas materiales que sean pertinentes, como armas, informes periciales, objetos involucrados y resultados de investigaciones policiales.

7.1.1.2 Aplicación de Medidas Preventivas:

El órgano de investigación dictará la medida preventiva que corresponda cuando el efectivo policial haya hecho uso de la fuerza de manera no reglamentaria en el cumplimiento de la función policial.

7.1.1.3 Evaluación del Uso de la Fuerza:

El uso de la fuerza es evaluado conforme a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, en aplicación con el Decreto Legislativo N° 1186, su reglamento y los estándares del Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial.

7.1.2. El lineamiento enunciado en el numeral anterior no es limitativo, quedando a criterio del órgano de investigación recurrir a otros elementos de convicción que le permitan recabar información para determinar las circunstancias en que sucedieron los hechos materia de la denuncia.

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