[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 78 . Causales de extinción.
Lee más:
- Actualizado 2026: Código Penal Peruano [Decreto Legislativo 635]
- Actualizado 2026: Código Procesal Penal [Decreto Legislativo 957]
- Actualizado: Código Responsabilidad Penal de Adolescentes [DL 1348]

LIBRO PRIMERO
PARTE GENERAL
TÍTULO V: EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y DE LA PENA
Artículo 78.- Causales de extinción (*)
Art. 78 | La acción penal se extingue: 1. Por muerte del imputado, prescripción, amnistía y el derecho de gracia. 2. Por autoridad de cosa juzgada. 3. En los casos que sólo proceda la acción privada, ésta se extingue, además de las establecidas en el numeral 1, por desistimiento o transacción. |
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- «La prescripción del delito extingue la responsabilidad y la de la pena extingue su ejecución». Exp. 1805-2005-HC/TC. Clic Aquí: https://jurispol.pe/wz65
- «La prevalencia del «ius cogens» sobre el principio de legalidad y el alcance del artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos según el TC». Exp. 00024-2010-PI/TC. Clic Aquí: https://jurispol.pe/q9k6
CORTE SUPREMA
- «Límites objetivos y subjetivos de la cosa juzgada». AP 4-2006/CJ-116. Clic aquí: https://jurispol.pe/wpgd
- «El fallecimiento del imputado extingue la acción penal, pero permite continuar el proceso en el extremo civil mediante su sucesor procesal». CAS. 1861-2023-Huánuco. Clic aquí:https://jurispol.pe/5xfp
- «La muerte del imputado extingue la persecución penal en virtud del principio de personalidad de la responsabilidad penal». CAS. 1099-2023-Lambayeque. Clic aquí:https://jurispol.pe/9prb
- «La muerte del imputado constituye un impedimento procesal que extingue la acción penal y puede ser declarado de oficio». CAS. 4666-2018-Callao. Clic aquí:https://jurispol.pe/ifp4
- «El derecho de gracia como causal de extinción de la acción penal». RN. 5130-2006-Madre de Dios. Clic aquí: https://jurispol.pe/rai5
- «La prescripción constituye un límite a la potestad punitiva del Estado». RN. 1467-2014-Lima. Clic aquí: https://jurispol.pe/zoj8
- «Diferencias entre el principio ne bis in idem y la cosa juzgada». RN. 873-2016-Nacional. Clic aquí: https://jurispol.pe/jhf7
- «La muerte del reo elimina la función y sentido del derecho penal». RN. 62-2018-Lima. Clic aquí: https://jurispol.pe/vngp




