[Ley de la PNP] Mediante el DL 1267, publicado el 18DIC2016 se aprobó la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Art. 32. Formación Profesional Policial.
Lee más:
- D.L. 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú [Actualizado]
- Actualizado: Nuevo Reglamento del DL 1267, Ley de la PNP [DS 012-2025-IN]
- ACTUALIZADO Reglamento de la Ley 30714 que regula el régimen disciplinario de la PNP [DS 003-2020-IN]

TÍTULO IV
REGÍMENES ESPECIALES
CAPÍTULO IV
FORMACIÓN PROFESIONAL POLICIAL
Articulo 32.- Formación Profesional Policial
Art. 32 | El Sistema Disciplinario Policial establece las normas y procedimientos disciplinarios destinados a regular, prevenir, investigar y sancionar las infracciones en las que incurre el personal de la Policía Nacional del Perú, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar. Se regula por la ley de la materia. |
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «DL 1318 que regula la formación profesional de la PNP». DL 1318. Clic aquí: https://jurispol.pe/hqs1
- «Reglamento del DL 1318, que regula la formación profesional de la PNP». DS 022-2017-IN. Clic aquí: https://jurispol.pe/f3eo
- «Manual de instrucción para el porte policial y formaciones». RM. 0028-87-IN/OM. Clic aquí: https://jurispol.pe/477g
- «Manual del régimen de educación de la escuela de formación continua PNP». RD 011-2026-DIREDDOC-PNP/ESCFOCON. Clic aquí: https://jurispol.pe/ozdg
- «Reglamento de educación física de la Dirección de educación y doctrina PNP». RD 303-2025-DIREDDOC-PNP. Clic aquí: https://jurispol.pe/dojj
- «DL 1608, DL que modifica el DL 1318, DL que regula la formación profesional de la PNP». Cartilla temática PNP 373-2024. Clic aquí: https://jurispol.pe/hyn3



