Artículo 122 del Reglamento de la Ley 30714.- Inicio de la etapa de decisión

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 122. Inicio de la etapa de decisión.


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Artículo 122  del Reglamento de la Ley 30714.- Inicio de la etapa de decisión

CAPÍTULO VI

DE LA ETAPA DE DECISIÓN

Artículo 122. INICIO DE LA ETAPA DE DECISIÓN

Art. 122

La etapa de decisión se inicia con la recepción del informe administrativo disciplinario hasta la notificación de la resolución final en primera instancia.

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