Artículo 376-A del Código Penal Peruano.- Abuso de autoridad condicionando ilegalmente la entrega de bienes y servicios

[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 376-A. Abuso de autoridad condicionando ilegalmente la entrega de bienes y servicios.


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LIBRO SEGUNDO

PARTE ESPECIAL

DELITOS

TÍTULO XVIII

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CAPÍTULO II

DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICO

SECCIÓN I

ABUSO DE AUTORIDAD

Artículo 376-A.- Abuso de autoridad condicionando ilegalmente la entrega de bienes y servicios

Art. 376-A

El que, valiéndose de su condición de funcionario o servidor público, condiciona la distribución de bienes o la prestación de servicios correspondientes a programas públicos de apoyo o desarrollo social, con la finalidad de obtener ventaja política y/o electoral de cualquier tipo en favor propio o de terceros, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36° del Código Penal.
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