[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 311.División de Operaciones Especiales – Escuadrón Verde.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO IX
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
SUBCAPÍTULO II
DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDEN Y SEGURIDAD
Artículo 311. División de Operaciones Especiales – Escuadrón Verde
Art. 311 | 311.1 La División de Operaciones Especiales – Escuadrón Verde es la subunidad orgánica de carácter sistémico, técnico-normativo y operativo; responsable de planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las actividades y operaciones policiales especializadas de prevención, combate y denuncia de los delitos cometidos en vías y espacios públicos, así como de los delitos de microcomercialización de drogas ilícitas y aquellos vinculados a las diversas modalidades del pandillaje cometidas por jóvenes en riesgo. Tiene competencia en al ámbito geográfico de la Región Policial Lima Centro y ejerce sus funciones de acuerdo con la normativa sobre la materia y las orientaciones de la Región Policial Lima Centro. 311.2 Depende de la Región Policial Lima Centro y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente. 311.3 La División de Operaciones Especiales – Escuadrón Verde de la Región Policial Lima Centro tiene las funciones siguientes: 1) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales orientadas a prevenir y combatir los delitos comunes en vías y espacios públicos con mayores niveles de victimización; 2) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales orientadas a prevenir y combatir la microcomercialización de drogas ilícitas; 3) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales de prevención, combate y denuncia del pandillaje, acciones violentas y otras análogas realizadas por jóvenes en riesgo; 4) Planificar, articular, ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales de patrullaje preventivo, en espacios geográficos de elevada incidencia delictiva de la Región Policial Lima Centro; 5) Proponer, formular, ejecutar, controlar y evaluar las órdenes de operaciones policiales en el ejercicio operativo de las funciones de su competencia; 6) Ejecutar, controlar y evaluar las operaciones policiales aprobadas por la Región Policial Lima Centro; 7) Ejecutar operaciones integradas con autoridades administrativas, entidades e instituciones públicas y privadas, y en espacios interinstitucionales, en materia de su competencia; 8) Proponer y formular documentos técnicos de gestión y documentos orientadores, en materia de su competencia; 9) Fortalecer las capacidades técnicas del personal, garantizando su acreditación en materias de su competencia; así como formular y aprobar el Plan de Instrucción anual, conteniendo actividades de preparación física, entrenamiento e instrucción permanente; 10) Prestar apoyo, en materia de su competencia, a las operaciones policiales que se encuentren bajo el comando de las Regiones o Frentes Policiales del interior del país, frente a situaciones de crisis, declaratorias de estado de emergencia, y otras situaciones análogas; previa disposición del Comando de Operaciones Policiales; 11) Obtener, custodiar, asegurar y trasladar indicios, evidencias y elementos probatorios relacionados con su campo funcional, observando la respectiva cadena de custodia; 12) Determinar la necesidad de recursos de las Unidades de Operaciones Especiales – Escuadrón Verde, en coordinación con los responsables de los programas presupuestales que financien las actividades y operaciones policiales en materias de su competencia; 13) Dirigir, de modo sistémico, el ejercicio de las funciones de operaciones especiales – Escuadrón Verde, a cargo de las unidades de organización de las Regiones o Frentes Policiales que la ejecutan, supervisando el cumplimiento de las mismas; 14) Registrar, organizar y reportar la información que produzca como resultado de las actividades y operaciones policiales ejecutadas; 15) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia; 16) Asesorar al Jefe de la Región Policial Lima Centro en asuntos de su competencia; y, 17) Cumplir las demás funciones que le corresponda de acuerdo con las disposiciones legales y otras que el Jefe de la Región Policial Lima Centro de la Policía Nacional del Perú le asigne. |




