MG-73: Infracción muy grave del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP. Código de infracción MG-73.– CONTRA LA ÉTICA POLICIAL. 


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Infracción MG-73 Sanción Muy Grave del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714

INFRACCIÓN MG-73

MG-73

Formular imputaciones tendenciosas que denigren, calumnien, difamen o deshonren al personal de la Policía Nacional del Perú, mediante palabras, escritos o cualquier otro medio.De 1 a 2 años de Pase a la Situación de Disponibilidad

 

ELEMENTOS CONFIGURATIVOS: Se requiere para su configuración la verificación de uno de los siguientes presupuestos:

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(i) Que, el efectivo policial, realice tocamientos u otra manifestación física de naturaleza sexual.

(ii) Que, el efectivo policial, realice actos de acoso sexual.

(iii) Que, el efectivo policial, realice actos de chantaje sexual

 

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • MG-73. «La retractación de la víctima no se considera válida, por la existencia del examen médico legal que alude lesiones traumáticas recientes» Clic aquí: https://jurispol.pe/iqi4
  • MG-73. «Para una imputación adecuada, debe precisarse de forma concreta la conducta realizada, como acercarse corporalmente con roces, ejecutar tocamientos u otra manifestación física de naturaleza sexual» Clic aquí: https://jurispol.pe/ka0o
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