Artículo 58 del TUO del Reglamento Nacional de Tránsito. Posiciones básicas

[Tránsito y transporte] En virtud del DS 016-2009-MTC, se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Régimen Disciplinario, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 58. POSICIONES BÁSICAS.


Lee más:

TÍTULO III

DE LAS VÍAS

CAPÍTULO II

DISPOSITIVOS DE CONTROL

SECCIÓN V

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

ARTÍCULO 58. POSICIONES BÁSICAS

Art. 58

Las siguientes posiciones básicas ejecutadas por los Efectivos de la Policía Nacional del Perú asignados al control del tránsito significan:

1) Posición de frente o de espaldas: obligación de detenerse de quien así lo enfrente.

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

2) Posición de perfil: permite continuar la marcha.

Los Efectivos de la Policía Nacional del Perú, asignados al control del tránsito, deben usar permanentemente distintivos que permitan reconocerlos a la distancia.

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete