Artículo 251 del Código Penal .- Desvío fraudulento de crédito promocional

[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 251.-Desvío fraudulento de crédito promocional.


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Artículo 251 del Código Penal .- Desvío fraudulento de crédito promocional

LIBRO SEGUNDO
PARTE ESPECIAL
DELITOS

TÍTULO X

DELITOS CONTRA EL ORDEN FINANCIERO Y MONETARIO

CAPÍTULO I

DELITOS FINANCIEROS

Artículo 251.- Desvío fraudulento de crédito promocional

Art. 251

El que aplica o desvía fraudulentamente un crédito promocional hacia una finalidad distinta a la que motivó su otorgamiento, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.
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