[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 61. División de Archivo Central.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO IV
SECRETARIA EJECUTIVA
Artículo 61. División de Archivo Central
Art. 61 | 61.1 La División de Archivo Central es la subunidad orgánica encargada de articular, planificar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades archivísticas; establecer, organizar ejecutar y controlar el Sistema de Archivo General de la Policía Nacional del Perú; velar por la custodia y mantenimiento del acervo documentario; así como, proporcionar asesoramiento a las unidades de organización de la Policía Nacional del Perú en el marco del Sistema Nacional de Archivos. 61.2 Depende de la Dirección de Gestión Documental y está a cargo de un Oficial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, egresado del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional o su equivalente. 61.3 La División de Archivo Central tiene las funciones siguientes: 1) Articular, planificar, ejecutar, controlar y evaluar el desarrollo del Sistema de Archivo Central de la Policía Nacional del Perú; 2) Clasificar, organizar, conservar y custodiar el acervo documental que integre el Archivo Central de la Policía Nacional del Perú; 3) Establecer medidas preventivas y correctivas que permita salvaguardar la integridad física y digital de los documentos, de conformidad con la normativa sobre la materia; 4) Gestionar ante el Archivo General de la Nación el proceso de eliminación de los documentos obsoletos o no necesarios; así como, las transferencias de registros históricos a archivos permanentes; 5) Promover la formación, capacitación y técnicas sobre procedimientos archivísticos que preserve el patrimonio documental de la Policía Nacional del Perú; 6) Formular y proponer documentos normativos, orientadores y técnicos de gestión sobre asuntos de su competencia; 7) Emitir opinión técnica en asuntos de su competencia; 8) Asesorar a la Dirección de Gestión Documental de la Policía Nacional del Perú en el ámbito de su competencia; y, 9) Cumplir las demás funciones que le correspondan, de acuerdo con las disposiciones legales y otras que la Dirección de Gestión Documental de la Policía Nacional del Perú le asigne. |




