Artículo 60 del Reglamento de la Ley 30714.- Elementos de prueba contenidos en imágenes, audios, videos y similares

[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 60. Elementos de prueba contenidos en imágenes, audios, videos y similares


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TÍTULO III

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO POLICIAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 60. ELEMENTOS DE PRUEBA CONTENIDOS EN IMÁGENES, AUDIOS, VIDEOS Y SIMILARES

Art. 60

 

60.1. En los actuados del procedimiento administrativo disciplinario, de existir elementos de prueba como imágenes, audios, videos u otros, contenidos en medios magnéticos, se elabora el acta correspondiente, dejando constancia de su descripción y contenido. Dichos elementos forman parte del expediente administrativo disciplinario.

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60.2. No están comprendidos en los alcances de la presente disposición, las imágenes, audios, videos u otros, contenidos en medios magnéticos, referidos a informes orales realizados ante los órganos disciplinarios.

 

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • Acuerdo de Sala Plena 2023.- Tema 1: «alcances sobre la transcripción de audios, videos y similares prevista en el artículo 60 del reglamento de la ley 30714» Mediante la aplicación del DS 003-2020-IN, establece los alcances del artículo 60 del Reglamento de la Ley 30714. [Clic aquí] https://jurispol.pe/1elk
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