G-26: Infracción Grave del régimen disciplinario de la PNP [Ley 30714]

[Tabla de Infracciones] Mediante el DS N° 016-2025-IN, se aprobó la nueva Tabla de Infracciones de la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP. Código de infracción G-26.– CONTRA LA DISCIPLINA POLICIAL.


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Infracción G-26: Sanción grave del Régimen Disciplinario PNP Ley 30714.

INFRACCIÓN G-26

G-26

Incumplir las disposiciones establecidas en reglamentos, directivas, protocolos, procedimientos, planes, cartillas, manuales, guías, asignaciones, reasignaciones, destaques, designaciones, comisiones, tareas, órdenes u otros análogos; causando perjuicio.De 4 a 9 días de Sanción de Rigor

CORTE SUPREMA

  • «El accionante si tiene la posibilidad de ingerir brebajes caseros para prevenir el contagio del COVID 19; pero su comportamiento debe ser conforme a su condición de policía, respetuoso de su uniforme y de su institución; participando con ecuanimidad y respeto frente a sus a sus demás colegas, evitar peleas, riñas; es lo que se espera de una autoridad policial, custodio del orden público, en todos los ámbitos de su desempeño como autoridad policial dentro y fuera de su entidad policial privilegiando y salvaguardando los bienes jurídicos que fueron dejados de lado». Casación 16573-2023-HUANCAVELICA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=20737

CORTE SUPERIOR 

  • «Se declara la nulidad absoluta de las sanciones, ordenándose la reincorporación del efectivo policial; por el incumplimiento de validez y la afectación a los principios del debido procedimiento, legalidad procedimental, derecho de defensa, al habérsele recortado los plazos para la formulación de los descargos, por iniciarse un proceso sumario en vez del ordinario». Exp. 202-2021 CAJAMARCA. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21615
  • «No basta señalar incumplir Directivas o normas sanitarias, para imponer una sanción; pues vulnera el principio de tipicidad y causa indefensión al administrado, debe describirse de manera suficiente, clara y precisa la falta prevista, el objeto de imputación y la disposición reglamentaria incumplida». Exp. 00803-2022 CSJ AYACUCHO. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=18093

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

  • «Si bien el investigado se encontraba en situación de disponible; ello no lo eximía de mantenerse atento ante la eventualidad de cualquier emergencia; al encontrarse vigente un Estado de Emergencia (COVID) y la orden de alerta absoluta, pero se dedicó a la ingesta de bebidas alcohólicas». Resolución 165-2021-IN/TDP/4S. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=21345
  • «Errada configuración de la conducta al sancionar por el presunto incumplimiento del Estado de Emergencia (COVID-19), debido a que este tiene un carácter general aplicable a todos los ciudadanos, y no constituye una orden expresa emitida específicamente para el personal de la PNP». Resolución 156-2022-IN/TDP/4S. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=23157

LEGISLACIÓN POLICIAL

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