Directiva que establece el procedimientos que regulan la administración del sistema integrado de gestión de la carrera del personal de PNP [RCG 458-2019-CG PNP/EMG]

[Directivas PNP] Mediante la RCG Nº 458-2019-CG PNP/EMG, de fecha 26 de julio de 2019,a través de la Comandancia General de la PNP se aprobó «Directiva que establece procedimientos que Regulan la administración del sistema integrado de gestión de la carrera del personal de la Policía Nacional del Perú» ⇒DESCARGA AQUÌ⇐


Lee también:

Directiva que establece el procedimientos que regulan la administración del sistema integrado de gestión de la carrera del personal de PNP

Resolución de La Comandancia General
de La Policia Nacional

N°458-2019-CG PNP/EMG

VISTO; el Memorándum Múltiple N° 83-2018-CG-PNP/SCG del 01 de noviembre de 2018, mediante el cual el señor General de Policía Comandante General de la Policía Nacional del Perú, dispone la formulación del proyecto de directiva que regula el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú.

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1267 Ley de la Policía Nacional del Perú, establece en el numeral 15) del artículo 9°, que la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú tiene entre sus funciones aprobar, en el marco de su competencia, las resoluciones, manuales, reglamentos, directivas y demás documentos de carácter interno que regulen el funcionamiento operativo de la Policía Nacional del Perú, para el ejercicio de la función policial;

Que, el artículo 13º del artículo 66° Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, aprobado con Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece que es función de la Dirección de Recursos Humanos administrar el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú, sistematizando y digitalizando la información contenida en sus legajos y otros documentos de interés para la institución policial:

Que, el artículo 43° del Reglamento del Sistema Normativo de la Policía Nacional del Perú, aprobado con Resolución Ministerial N° 0306-92-IN/PNP del 17 de marzo de 1992, establece que son responsables de la formulación o actualización de los instrumentos normativos de la Policía Nacional del Perú, las dependencias de nivel Dirección o su equivalente, que tiene a su cargo la conducción o dirección del área institucional comprometida;

Que, es necesario proporcionar al personal policial un instrumento técnico normativo que regule el uso del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policia nacional del Perú;

Que, la Unidad de Planeamiento y Educación de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, mediante Informe Técnico N° 182-2018-DIRREHUM-PNP/SEC-UNIPLA-GESTIÓN del 27 de diciembre de 2018, opina favorable su trámite correspondiente para su aprobación;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 70-2019-EMG-PNP-EQUAGA del 04 de abril de 2019, el Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú opina favorablemente respecto de la aprobación del proyecto de Directiva que establece normas y procedimientos que regulan la administración del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policía nacional del Perú;

Que, mediante Informe Legal N° 274-2019-COMGEN/SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN/DEPFCJEPN de 07 de junio de 2019, la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, opina que el presente proyecto de Directiva resulta viable;

Lo propuesto por el General de la Policía Nacional del Perú, Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú;

Lo opinado por el General de la Policía Nacional del Perú, Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar la Directiva que establece «Normas y Procedimientos que Regulan la Administración del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú,» que como anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Las Direcciones y Órganos de la Policía Nacional del Perú comprometidos accionarán en las áreas de su competencia, de acuerdo a lo establecido en la Directiva que se aprueba conforme al Artículo 1º de la presente Resolución.

Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la Página Web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú.

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN DE LA CARRERA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ.

DIRECTIVA N° 002-2019-CG PNP/EMG.

I. OBJETO

Establecer normas y procedimientos que regulan la administración del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú.

II. FINALIDAD

La presente Directiva tiene por finalidad proporcionar al personal policial un instrumento técnico-normativo que regule la administración del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú

ALCANCE

Las disposiciones de la presente Directiva son de cumplimiento obligatorio de todo el personal de Oficiales y Suboficiales de Armas y de Servicios, Empleados Civiles y Personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativo de Servicios (CAS) de la Policía Nacional del Perú.

IV. RESPONSABILIDADES

4.1. Los Directores, Jefes de Macro Regiones, Regiones y Frentes Policiales de la Policía Nacional del Perú son responsables del cumplimiento de la presente Directiva en el ámbito de sus respectivas competencias.

4.2. Los Jefes de las Oficinas de Administración y las Unidades de Recursos Humanos de las Direcciones, Unidades Especializadas, Unidades Administrativas, Jefaturas, Macro Regiones, Regiones y Frentes Policiales son los encargados y/o responsables del registro y/o actualización de la información en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera PNP de conformidad a su competencia funcional.

4.3. Los Jefes de División y Jefes de Departamento de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú (DIRREHUM PNP) que generen información documental que son de interés del administrado y que deben ser registrado y/o actualizado en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera PNP, son responsables del cumplimiento de la presente directiva en el marco de su competencia funcional.

V. BASE LEGAL

5.1. Constitución Política del Perú. [Clic aquí]

5.2. Ley N° 30714 Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policia Nacional del Perú.

5.3. Decreto Legislativo N° 276 «Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público.

5.4. Decreto Legislativo N° 1057, Ley que regula el «Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios» (CAS).

5.5. Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, y sus modificatorias.[Clic aquí]

5.6. Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, y sus modificatorias.[Clic aquí]

5.7. Decreto Supremo N° 005-90-PCM del 15ENE 1990 que aprueba el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa.[Clic aquí]

5.8. Decreto Supremo N° 075-2008-PCM del 24NOV2008, que aprueba el Reglamento del Decreto legislativo N° 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.

5.9. Decreto Supremo N° 016-2013-IN del 17NOV2013 que aprueba el Reglamento de la Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

5.10. Decreto Supremo N° 026-2017-IN del 150CT2017 Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú. que aprueba el reglamento de la Ley de la Policia Nacional del Perù.

5.11. RM. N° 0115-2015-IN del 17FEB2015 que aprueba la Directiva N° 002-2015-IN «Lineamientos aplicables para la formulación, tramitación y aprobación de las directivas del Ministerio del Interior».

VI. DISPOSICIONES GENERALES

6.1 El Sistema Integrado de Gestión de la Carrera (SIGCP) está constituido por la plataforma operativa electrónica a cargo de la Dirección de Recursos Humanos, destinada al registro, procesamiento y suministro de la información del personal, con la finalidad de apoyar la administración de la carrera, cuya información es de carácter reservado y confidencial según el caso.

6.2 El Sistema Integrado de Gestión de la Carrera es el medio oficial de comunicación de disposiciones y situación del personal policial, el mismo que cuenta con los medios de seguridad (documentos numerados y con caracteres de control) que solo se obtiene al utilizar el sistema. Los documentos generados fuera del sistema no son válidos, siendo obligatorio el uso del Sistema por contar con los medios de verificación y seguridad.

6.3 El uso del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera implica que todo el personal tiene conocimiento sobre su información de todos los factores tanto personal, institucional, académicos, méritos y deméritos, incentivos, además de disposiciones de carácter institucional.

6.4 La actualización de la información en el sistema es en tiempo real. El registro y control que se efectúa a través del sistema implica el cumplimiento de disposiciones por parte del administrado, así como de la administración, su incumplimiento conlleva a responsabilidad administrativa disciplinaria por las consecuencias que acarrea su omisión.

6.5 Inicio de la carrera

La carrera se inicia con el alta como Alférez o Suboficial de Tercera de Armas; o por haber obtenido la efectividad en los grados de Mayor, Capitán o Suboficial de Tercera de Servicios según corresponda.

6.5.1 De Alférez o Suboficial de Tercera de Armas:

Los datos de los postulantes que alcanzaron vacante en el Proceso de Admisión a uno de los Centros de Formación Profesional de la PNP deberán ser registrados en el Sisterna Integrado de Gestión de la Carrera a fin de que al término de la etapa de formación profesional policial se dé por iniciado la Carrera con el alta como Alférez o Suboficial de Tercera de. Armas PNP según corresponda.

6.5.2. Mayor, Capitán o Suboficial de Tercera de Servicios:

Los datos de los postulantes que alcanzaron vacante en los procesos de admisión a Oficial y Suboficial de Servicios, deberán ser registrados en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera al personal civil que después del Proceso de Asimilación a la PNP por un periodo de DOS (2) años al término del cual deberá aprobar el proceso de efectividad en los grados correspondientes a fin de dar continuidad a la carrera en la institución.

6.5.3. La documentación correspondiente del alta del personal PNP debe ser remitido a la División de Altas, Bajas y Licencias y a la División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos, a través del Departamento de Administración de Legajos para el trámite correspondiente según competencia funcional.

6.6 Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento

La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial es la encargada de los cursos de Capacitación, Especialización, Perfeccionamiento para el personal PNP; por lo que, deberá remitir a la División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos, a través del Departamento de Administración de Legajos, la documentación perteneciente del personal que haya alcanzado una vacante, participado y culminado uno de los programas (Cursos de Capacitación, Especialización, Perfeccionamiento), una vez registrado en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera.

6.7 Empleo y cargo

6.7.1 La DIRREHUM PNP, a través de la División de Altas, Bajas y Licencias y la División de Procesos Disciplinarios, mantiene actualizado el empleo (Situación Policial: Actividad, Disponibilidad o Retiro) del personal PNP; asimismo, la División de Movimiento de Recursos Humanos tiene la responsabilidad de proponer el cargo al personal de la PNP, según su Especialidad Funcional y el Cuadro de Asignación de Personal en las diferentes unidades PNP a nivel nacional.

6.7.2 Las Divisiones proyectarán la resolución que corresponda de acuerdo a el empleo y cargo del personal PNP en función a su categoría, jerarquía y grado; una vez aprobada, se deberá registrar en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera.

6.8 Evaluación del desempeño

La DIRREHUM PNP, a través de la División de Talento Humano, tiene la responsabilidad de llevar el adecuado control y evaluación del desempeño del Personal PNP, mediante las Hojas de Calificación Anual del Oficial, Suboficial y Empleado Civil, cuyo resultado debe ser ingresado al Sistema Integrado de Gestión de la Carrera.

6.9 Ascensos

La DIRREHUM PNP, a través de la División de Promoción, Nombramiento, Incentivos, Beneficios y Producción de Planillas, lleva el proceso de ascensos del personal de Oficiales y Suboficiales de Armas y Servicios y Personal Civil PNP, así como resolver las resoluciones judiciales que otorguen Ascenso, el resultado de los mismos deberá ser registrados en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera.

6.10 Término de la Carrera

La División de Altas, Bajas y Licencias de la DIRREHUM PNP se encargará de monitorear, controlar y ejecutar los procesos de inicio y término de la carrera; asimismo, proyectar las resoluciones de acuerdo a la categoría, jerarquía y grado que corresponda que al ser aprobadas deberán ser registradas en el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera, a fin de dar continuidad a los procesos administrativos que correspondan de acuerdo a la nueva situación en la policial.

VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

7.1. La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial

7.1.1. Mantener actualizada la Lista de Revista de presencia física, la situación del personal de Cadetes y/o Alumnos a nivel nacional; información que será utilizada para el control del personal en etapa de formación y el pago de propinas. Al egreso de las Escuelas de Formación, serán dados de alta por sistema como Oficiales o Suboficiales de Armas o de Servicios según corresponda.

7.1.2. Mantener actualizada la información en los módulos de control de grados y títulos, cursos de capacitación, especialización y posgrado según corresponda; así como el primer quinto obtenido.

7.1.3. Mantener actualizada la información en el módulo de control de docentes según corresponda.

7.2. La Dirección de Sanidad Policial

7.2.1. Mantener actualizado los módulos de control y expedición de Descansos Médicos y exoneración de esfuerzo físico.

7.2.2. Mantener actualizado los módulos de control y evaluación de la Ficha de Evaluación Médica Anual (FEMA) y de los resultados de la Junta Médica para determinar la situación de salud del personal policial en tratamiento médico.

7.2.3. Mantener actualizado los módulos de control del personal referido, hospitalizado y con tratamiento médico.

7.3. Direcciones, Unidades Especializadas, Unidades Administrativas, Jefaturas, Macro Regiones, Regiones y Frentes Policiales

7.3.1. A través de las Oficinas de Administración y Unidades de Recursos Humanos, deberán mantener actualizada en tiempo real la Lista de Revista del Personal PNP a su cargo con las novedades que se presente.

7.3.2. Efectuar el control y registro del movimiento (sobre uso de vacaciones, comisiones, licencias, asignación de cargos, reasignaciones y permutas) del personal PNP a través del sistema informático. La omisión o demora del control y registro del movimiento será de su entera responsabilidad.

7.4. Inspectoría General

7.4.1. Mantener actualizado los módulos de ingreso, mantenimiento de Resoluciones de Inspectoría, inicio de procedimientos de investigación, medidas preventivas y otros que por su competencia se implementen sobre la situación del personal PNP

7.4.2. La actualización de la información se realiza en tiempo real, su omisión y/o error en su operación será de su entera responsabilidad.

7.5. Del Personal PNP

7.5.1. Tiene la responsabilidad de gestionar su acceso al Sistema Integrado de Gestión de la Carrera y de ingresar al sistema a fin de tomar conocimiento de las disposiciones del Comando Institucional.

7.5.2. En el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera, deberá verificar su información personal (méritos, deméritos, académica, entre otros) y toda información concierne a la carrera de no estar conforme solicitará su corrección de conformidad a los requisitos establecidos por las Divisiones competentes.

7.5.3. Toda información desde la fecha de su registro, después de transcurrido el año, de no tener observaciones será considerada como válida y aceptada.

7.6. Dirección de Recursos Humanos

7.6.1. La Dirección de Recursos Humanos de la PNP, a través de sus Divisiones y Departamentos según corresponda, son responsables de la administración, mantenimiento, registro y/o actualización de la información de los administrados. Asimismо, mantendrá actualizado el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera, según los procesos técnicos de la carrera que corresponda en tiempo real.

7.6.2. La DIRREHUM PNP a través de la División de Sistematización de la Información de la Carrera del personal policial y civil de la PNP, planea, organiza, administra y evalúa el Sistema Integrado de Gestión de la Carrera, integrando a la base de datos los requerimientos de información que las unidades a nivel nacional producen para que efectúen la actualización y registro en línea.

7.6.3. La División de Sistematización de la Información de la Carrera Policial y Administración de Legajos, a través del Departamento de Sistematización de la Carrera Policial es la encargada del mantenimiento del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera.

Es el soporte para las unidades orgánicas que conforman la Dirección de Recursos Humanos y otros órganos y unidades orgánicas de la institución policial que registran información del personal policial y civil que labora en la PNP.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

El cumplimiento de la presente Directiva será materia de fiscalización por parte de Inspectoría General PNP.

IX. VIGENCIA

La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la Página Web del Sistema Integrado de Gestión de la Carrera de la DIRREHUM PNP.

⇒DESCARGA AQUÌ⇐ «Directiva que establece el procedimientos que regulan la administración del sistema integrado de gestión de la carrera del personal de PNP [RCG 458-2019-CG PNP/EMG]»

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Últimas noticias

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete

Artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ⓘ Publicidad JurispolInscríbete