Cartilla temática legal 332: Prestación Excepcional del Servicio de Seguridad y Protección Policial

[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 03SEP2023, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA LEGAL 332,como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐


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Prestación Excepcional del Servicio de Seguridad y Protección Policial

Cartilla temática legal 332 Prestación Excepcional del Servicio de Seguridad y Protección Policial

1. DECRETO SUPREMO N° 004-2022-IN, D.S. QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD FUNCIONARIOS PÚBLICOS, Y PROTECCIÓN DIGNATARIOS A Y
PERSONALIDADES

CAPÍTULO III SOLICITUD DE INICIO Y LA PRESTACIÓN EXCEPCIONAL

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Artículo 9.- Solicitud de inicio para el otorgamiento del servicio de seguridad y protección personal de funcionario público, dignatario y personalidades

9.1 Toda persona que ejerza función pública en el territorio nacional, dignatario/a o personalidades que no se encuentren incluidas en los supuestos establecidos en los artículos 6, 7 y 8 de la presente norma, pueden solicitar y recibir el servicio de seguridad y protección personal que otorga la Policía Nacional del Perú, en la medida que la naturaleza de sus funciones, los riesgos existentes en el desempeño del cargo que así lo justifiquen, o según corresponda. El servicio de seguridad y protección no puede otorgarse a plazo indefinido. La determinación o no de su otorgamiento constituye una decisión fundamentada de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú.

9.2. El/la peticionante del servicio de seguridad y protección personal, debe presentar una solicitud por escrito ante la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, señalando expresamente las razones que sustenten su pedido e incluyendo la documentación que corresponda, conforme lo establezca la Directiva. En caso el/la solicitante ejerza función

[CONTINUA…]

BASE LEGAL:

  • D.SN 004-2022-IN, REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS, DIGNATARIOS Y PERSONALIDADES.
  • R.M. N 1506-2022-IN, DIRECTIVA N 007-2022-IN-DIRSEEST-PNP

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