[DL PNP] Mediante el DL 1149, publicado el 11DIC2012 se aprobó la Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa, concretamente en el Art. 16. Especialidades funcionales.
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- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]{

TÍTULO II
DE LA CARRERA DEL PERSONAL
CAPÍTULO II
INICIO DE LA CARRERA
Artículo 16.- Especialidades funcionales
Art. 16 | Las especialidades funcionales del personal de armas son: 1) Orden y Seguridad. 2) Investigación Criminal. Las Subespecialidades de carácter transversal o inmersas en cada especialidad funcional son: 1. Administración. 2. Inteligencia. 3. Criminalística. 4. Tecnología de la información y Comunicaciones; y, 5. Control Administrativo Disciplinario. (*) Modificado por las siguientes normativas:
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