[Régimen Disciplinario de la PNP] En virtud del Reglamento de la Ley 30714, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial al Reglamento del Régimen Disciplinario 30714, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. 8. Competencia de la potestad sancionadora disciplinaria.
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CAPÍTULO III
DEL EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA
Artículo 8. COMPETENCIA DE LA POTESTAD SANCIONADORA DISCIPLINARIA
Art. 8 | 8.1. La competencia de la potestad sancionadora disciplinaria es indelegable e irrenunciable. Comprende la facultad de investigar la presunta comisión de infracciones administrativas disciplinarias sancionables y de imponer las sanciones contempladas en la Ley. Ninguna unidad orgánica o integrante de la Policía Nacional del Perú puede atribuirse funciones disciplinarias de investigación, decisión o sanción que no estén establecidas en la Ley o el presente Reglamento. 8.2. La potestad sancionadora disciplinaria por infracción leve es inherente al personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en su condición de superior jerárquico, teniendo en cuenta que existe subordinación hacia el superior en razón del grado, antigüedad o cargo. Es ejercida dentro de las atribuciones y límites establecidos en la Ley y el presente Reglamento. El personal de la Policía Nacional del Perú está facultado para sancionar al personal de igual grado siempre que este se encuentre bajo su comando. 8.3. La potestad sancionadora disciplinaria por infracción grave y muy grave, corresponde a la Inspectoría Descentralizada competente, a la Inspectoría Macro Regional, a la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú y al Tribunal de Disciplina Policial, en el marco de lo establecido en la Ley y el presente Reglamento. |
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- Tribunal Constitucional de España, doctrina aplicable mutatis mutandis: «En el ámbito policial y militar, la subordinación jerárquica y la disciplina constituyen valores primordiales; por ello, el procedimiento de carácter disciplinario no puede, por su propia naturaleza, quedar sometido a las garantías procesales generalmente reconocidas para los procesos judiciales comunes, pues su razón de ser reside en la prontitud y rapidez de la reacción frente a las infracciones de la disciplina militar». STC 21-1981. Clic aquí: https://jurispol.pe/?p=24347
- Derechos Constitucionales de los miembros de la PNP y potestad sancionadora: «Las Leyes y reglamentos de la PNP y FFAA, no son bloques o compartimientos aislados de la Constitución Política del Estado». STC 2050-2002-AA/TC. Clic aquí: https://jurispol.pe/0ldk
- «Los criterios de la motivación no solo son aplicables a la motivación en sede judicial, sino que también son extensibles a la motivación en sede administrativa». Exp. 191-2013-PA/TC. Clic aquí: https://jurispol.pe/thap
TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
- «Pedidos de nulidad o recursos de reconsideración o revisión contra resoluciones del Tribunal de Disciplina Policial». Acuerdo de Sala Plena 2014. Acuerdo 1. Clic aquí: https://jurispol.pe/o4k9
- «Determinación del superior jerárquico en los órganos disciplinarios que conforman el sistema disciplinario policial». Acuerdo de Sala Plena 2021. Tema 15. Clic aquí: https://jurispol.pe/afh5
- «Aplicación del Decreto Legislativo N° 1583, en el extremo que modifica los artículos 39 y 49 de la Ley 30714. (Órgano de Decisión y Funciones del Tribunal de Disciplina Policial)». Acuerdo de Sala Plena 2023. Tema 2. Clic aquí: https://jurispol.pe/s5ok
- Principios de razonabilidad y proporcionalidad: «Constituyen un límite a la potestad sancionadora del empleador, que garantiza que la medida disciplinaria impuesta guarde correspondencia con los hechos». Resolución 222-2025-IN/TDP/3S. Clic aquí: https://jurispol.pe/6u1i
LEGISLACIÓN POLICIAL
- «Potestad Sancionadora». Cartilla temática PNP 012-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/6mm5
- «Definiciones y competencia de la potestad sancionadora Disciplinaria del Reglamento de la Ley 30714». Cartilla temática PNP 041-E-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/r395
- «Potestad sancionadora Disciplinaria del Reglamento de la Ley 30714, por infracciones leves, Graves y Muy Graves». Cartilla temática PNP 041-F-2025. Clic aquí: https://jurispol.pe/g4tv




