[TUO de la Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP] En virtud del DS 006-2024-IN, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial relacionada a la materia, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente la Disposición Complementaria Final Novena del DL 1149. FUERZA DE APOYO POLICIAL – RESERVA.
Lee más:
- DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [Actualizado 2026]
- Reglamento del DL 1149. Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP [DS 016-2013-IN]
- TUO del DL 1149 ley de la carrera y situación del personal de la PNP [DS 006-2024-IN]
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
NOVENA. FUERZA DE APOYO POLICIAL – RESERVA
NOVENA | La Fuerza de Apoyo Policial – Reserva, se encuentra conformada por personal policial en situación de retiro dentro de los márgenes de capacidad física y jurídica, con excepción del personal que paso al retiro por medida disciplinaria. La Policía Nacional del Perú puede requerir el concurso del personal policial en retiro a fin de completar, mantener e incrementar sus cuadros, en caso de situación de alta conflictividad o riesgo grave del orden interno, orden público o la seguridad ciudadana. Este personal no percibirá remuneración, retribución o contraprestación cualquiera sea la denominación. Mediante Decreto Supremo se determina las circunstancias y necesidades del personal policial en situación de retiro con los respectivos perfiles, así como los procedimientos de convocatoria, admisión y otros detalles relacionados con la implementación. |



