[Cartilla Temática PNP] Mediante La Dirección de Asesoría jurídica de la PNP, el 26NOV2025, oficializó la elaboración y difusión de la CARTILLA TEMÁTICA 025–2025; como herramienta técnica y especializada de carácter jurídico para el empoderamiento del servicio policial. ⇒DESCARGA AQUÍ⇐
Lee más:
- Reglamento de licencias de conducir Policial 2025 [RM 1516-2025-IN]
- Directiva que regula lineamientos para la emisión de la licencia de conducir Policial electrónica [Directiva 10-2025-COMOPPOL-DIRNOS-PNP-DIRTTSV-SEC-OELCP]

Licencia de Conducir

BASE LEGAL:
- RM N° 1516-2025-IN, Reglamento de licencias de conducir policial. [Clic aquí]
LICENCIAS DE CONDUCIR POLICIAL
TÍTULO II
DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POLICIAL
CAPÍTULO I
Artículo 5.- Tipos de Licencias de conducir policial
La Licencia de Conducir Policial se emite en formato electrónico y tiene alcance nacional.
Artículo 6.- Clasificación de las licencias de conducir policial
6.1 Las licencias de conducir policial se clasifican en:
• CLASE PA: Autoriza a conducir vehículos motorizados de categorías M y N y sus combinaciones especiales. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro vehículo de la categoría O, conforme al Anexo I del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo N.º 058-2003-MTC.
• CLASE PB: Autoriza a conducir vehículos motorizados de categoría L, conforme al Anexo I del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo N.º 058-2003-MTC.
6.2 Toda licencia de conducir policial puede contener restricciones específicas según la evaluación médica realizada por la Dirección de Sanidad Policial (DIRSAPOL-PNP), las cuales deben constar en el Certificado de Evaluación Médica.
Artículo 7.- Vigencia
La Licencia de Conducir Policial tiene una vigencia de cinco (5) años, contados desde su fecha de emisión, salvo que sobrevenga alguna causal de suspensión o cancelación, conforme a lo dispuesto en el presente reglamento.
Artículo 8.- Validez
La licencia de conducir policial vigente faculta a su titular para conducir vehículos motorizados policiales y de uso particular, quedando prohibida la conducción de vehículos destinados al servicio de transporte público de pasajeros y de carga.
Artículo 9.- Competencia y plataforma de tramitación
La Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial (DIRTTSV-PNP) es la autoridad competente para el otorgamiento, revalidación, suspensión y cancelación de licencias de conducir policial.
El trámite se realiza exclusivamente mediante el Sistema Informático de Licencias Policiales (SILP).
En circunstancias excepcionales debidamente justificadas, como fallas técnicas prolongadas o situaciones de emergencia, la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial (DIRTTSV-PNP) habilita excepcionalmente la emisión de la licencia de conducir policial de forma manual.
[CONTINÚA…]
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