[Código Penal] En virtud del Decreto Legislativo 635, se promulgó el CÓDIGO PENAL PERUANO, a través del área de redacción y el observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado Jurisprudencia actual y esencial, una selección estratégica de criterios que permiten comprender y aplicar correctamente esta normativa, particularmente el Art. I. FINALIDAD PREVENTIVA.
Lee más:
- Actualizado 2026: Código Penal Peruano [Decreto Legislativo 635]
- Actualizado 2026: Código Procesal Penal [Decreto Legislativo 957]
- Actualizado: Código Responsabilidad Penal de Adolescentes [DL 1348]

TÍTULO PRELIMINAR
PRINCIPIOS GENERALES
Artículo I.- Finalidad Preventiva
Art. I | Este Código tiene por objeto la prevención de delitos y faltas como medio protector de la persona humana y de la sociedad. |
CORTE SUPREMA
- «El objeto del derecho penal se circunscribe a la prevención del delito y las falta como medio protector de la persona humana y la sociedad». CAS. 694-2020-Huancavelica. Clic Aquí: https://jurispol.pe/ale8
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- «Fines preventivos y tutela de la persona y la sociedad como ejes de la pena». Exp. 803-2003-HC/TC. Clic Aquí: https://jurispol.pe/68or
- «La Constitución como orden jurídico fundamental y base ineludible de la legislación penal». Exp. 0014-2006-PI/TC. Clic Aquí: https://jurispol.pe/6pb2
- «Constitucionalización del derecho penal: El rol del TC como el máximo intérprete en la dogmática penal». Exp. 7451-2005-PHC/TC. Clic Aquí: https://jurispol.pe/sglq



