[Reglamento de la Ley de la PNP] Mediante el DS 012-2025-IN, publicado el 05NOV2025, se aprobó el Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente esta normativa. Artículo 96. Estructura de la Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía.
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TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO VII
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA
SUBCAPÍTULO II
ÓRGANOS DE APOYO ADMINISTRATIVO
Artículo 96. Estructura de la Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía
Art. 96 | 96.1 La Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía para el cumplimiento de su función cuenta con las subunidades orgánicas siguientes: a) División de Bienestar, Asistencia Social y Servicios Educativos; b) División de Pensiones; c) Fondo de Vivienda Policial; y, d) Fondo de Apoyo Funerario. |




