[Reglamento del DL 1149] Mediante el DS 016-2013-IN, publicado el 17NOV2013, se aprobó el Reglamento del DL 1149; a través del área de redacción y observatorio jurídico de Jurisprudencia Policial – JURISPOL, se ha elaborado y seleccionado criterios estratégicos que permiten aplicar correctamente en el Artículo 25. Cursos de perfeccionamiento, Maestría y Doctorado.
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TÍTULO II
PROCESOS TÉCNICOS DE LA CARRERA DEL PERSONAL POLICIAL
CAPÍTULO III
CAPACITACIÓN, ESPECIALIZACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
Artículo 25. Cursos de perfeccionamiento, Maestría y Doctorado
Art. 25 | Los cursos de perfeccionamiento se imparten a través de la Escuela de Posgrado que conduce las Maestrías, Programas y Diplomados, dirigidos a Oficiales de Armas, previa obtención de vacante en el proceso de selección respectivo. La Escuela de Posgrado realizará el concurso de adjudicación de becas para los Doctorados, Maestrías, Programas y Diplomados dirigidos a los Oficiales de Servicios en sus respectivas especialidades, en Universidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de conformidad al Manual de Becas de la Policía Nacional del Perú. |



